Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A.,
& Angulo-Ochoa, E. (2022). Sostenibilidad
empresarial desde la ética profesional: evidencia
empírica de las sanciones a profesionales
contables en Colombia, New York y Francia.
Contaduría Universidad de Antioquia, 80, 77-108.
Doi: https://doi.org/10.17533/udea.rc.n80a04
Sostenibilidad empresarial desde la
ética profesional: evidencia empírica de
las sanciones a profesionales contables
en Colombia, New York y Francia
Deivi David Fuentes Doria
deivi.fuentesd@upb.edu.co
orcid: 0000-0002-0699-286X
Universidad Pontificia Bolivariana
Aníbal Enrique Toscano Hernández
anibaltoscano@unisinu.edu.co
orcid: 0000-0002-5064-4280
Universidad del Sinú
Esneider Angulo Ochoa
esneider.angulo@campusucc.edu.co
orcid: 0000-0001-7942-0160
Universidad Cooperativa de Colombia
Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones a
profesionales contables en Colombia, New York y Francia
Resumen: El estudio se centra en analizar las sanciones interpuestas por los órganos de control
debido a violaciones al código de ética de los contadores en Colombia, con algunos análisis
comparativos internacionales de Francia y la ciudad de New York. La metodología se basa en
una revisión de los informes de sanciones disciplinarias publicados por los órganos de control en
Colombia, Junta Central de Contadores. Los resultados muestran que las sanciones más interpuestas
son las amonestaciones que como causal de incumplimiento de las normas técnica. De esta manera,
el estudio permite crear una visión de la importancia de las prácticas contables en los entornos
comerciales, detallando el deber que tiene el contador en el actuar de manera ética para evitar
sanciones que perjudique su accionar profesional.
Palabras claves: Sanciones, código de ética, contador público
Business sustainability from the perspective of professional ethics: empirical evidence of
sanctions to accounting professionals in Colombia, New York and France.
Abstract: This study focuses on analyzing the sanctions imposed by control bodies due to violations
of the accountants’ code of ethics in Colombia, using international comparative analyses from
France and the city of New York. The methodology is based on a review of disciplinary sanctions
reports published by the control bodies in Colombia, Central Board of Accountants. The findings
show that reprimands are the most commonly used sanctions for non-compliance with technical
standards. In this way, the study highlights the importance of accounting practices in commercial
environments, detailing the accountant’s responsibility to act ethically in order to avoid sanctions
that harm their professional actions.
Keywords: Sanctions, code of ethics, public accountant
Sustentabilidade empresarial desde a ética profissional: evidência empírica das sanções a
profissionais em contabilidade na Colômbia, Nova Iorque e França
Resumo: O estudo se centra em analisar as sanções interpostas pelos órgãos de controle devido
a violações ao código de ética dos contadores na Colômbia, com algumas análises comparativas
internacionais da França e a cidade de Nova Iorque. A metodologia se baseia em uma revisão dos
relatórios de sanções disciplinares publicados pelos órgãos de controle na Colômbia, Junta Central
de Contadores. Os resultados evidenciam que as sanções mais interpostas são as admoestações
por inadimplência das normas técnicas. Assim, o estudo permite criar uma visão da importância
das práticas contábeis nos entornos comerciais, detalhando o dever que tem o contador de agir de
maneira ética para evitar sanções que prejudiquem seu atuar profissional.
Palavras-chave: Sanções, código de ética, contador público
La durabilité des entreprises du point de vue de l’éthique professionnelle : preuves empiriques
de sanctions contre des professionnels de la comptabilité en Colombie, à New York et en France
Résumé: cette étude se concentre sur l›analyse des sanctions imposées par les organes de
contrôle en raison de violations du code d›éthique des comptables en Colombie, avec une analyse
comparative internationale de la France et de la ville de New York. La méthodologie est basée sur
un examen des rapports de sanctions disciplinaires publiés par les organes de contrôle colombiens,
Junta Central de Contadores (Comité central des comptables). Selon les résultats, les sanctions les
plus fréquemment utilisées sont les réprimandes pour cause de non-respect des normes techniques.
De cette manière, l›étude permet de créer une vision de l›importance des pratiques comptables dans
les environnements d›affaires, en détaillant le devoir du comptable d›agir de manière éthique afin
d›éviter les sanctions qui peuvent nuire à leurs actions professionnelles.
Mots clés: Sanctions, code de déontologie, expert-comptable
79Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Cont. udea (enero-junio), pp. 77-108. © Universidad de Antioquia-2022.
Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional:
evidencia empírica de las sanciones a profesionales
contables en Colombia, New York y Francia
Deivi David Fuentes-Doria, Aníbal Enrique Toscano-Hernández,
Esneider Angulo-Ochoa
https://doi.org/10.17533/udea.rc.n80a04
Primera versión recibida en abril de 2021 – Versión aceptada en febrero de 2021
I. Introducción
En los últimos años, el entorno empresarial ha registrado significativos
cambios que han promovido ajustes en la mayoría de las organizaciones, al
pasar de priorizar la generación de ganancias, puramente financieras hacia la
creación de valor para la sociedad (Fuentes-Doria D.D, Toscano-Hernández,
A.E & Sepulveda Vargas, R. 2019). La preocupación por aspectos sociales y am-
bientales ha tomado relevancia, dado que dichos factores son esenciales en la
forma de ser percibido por el entorno y sus principales stakeholders (Peerally
et al., 2019). Sin duda, esta idea, ha fomentado un cambio de paradigma geren-
cial, que implica dejar de pensar netamente en los objetivos financieros y crear
una mirada que se involucre más a los diversos stakeholdres (tales como traba-
jadores, clientes, comunidades, ambiente); lo que se encuentra enmarcado en
el enfoque de sostenibilidad empresarial (Cloutier et al., 2019).
Desde este punto de vista, la literatura científica reciente relacionada con
la sostenibilidad empresarial, destaca un conjunto de estudios que se enfoca a
la explicar la importancia de la sostenibilidad empresarial para mejorar el equi-
librio económico, social y ambiental de las organizaciones (Fuentes-Doria, D.D
Toscano-Hernández, A.E & Sepulveda Vargas R, 2019). Desde este punto de vis-
ta, la literatura científica reciente relacionada con la sostenibilidad empresarial,
destaca un conjunto de estudio que se enfoca a la explicar las la importancia
de la sostenibilidad empresarial para mejorar el equilibrio económico, social y
ambiental de las organizaciones (Fuentes-Doria, D.D Toscano-Hernández, A.E &
Sepulveda Vargas R, 2019). Los aportes desde ética profesional para el mejora-
80Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
miento de las sostenibilidad en las organizaciones (D. Fuentes-Doria, Toscano-
Hernández, Díaz-Ballesteros, et al., 2019), La incidencia de la sostenibilidad
empresarial en los procesos de toma de decisiones (Fleischman, GM, Johnson,
EN, Walker, KB y Valentine, SR 2019). Entre estos se encuentran aportes desde
la ética profesional para el mejoramiento de la sostenibilidad en las organiza-
ciones. La conducta ética profesional involucra los juicios morales, incluidos
valores y principios, este asunto se constituye en un elemento vital en el diseño
de estrategias y practicas sostenibles de las organizaciones (West, A, 2017).
Todos estos enfoques, se ven marcados por la relación que tiene las acciones
éticas o conductas morales y su efecto en la sostenibilidad de las empresas. En-
tendiendo que las acciones de integridad y ética profesional son indispensables
en los comportamientos profesionales y la faltas al código de ética no solo afec-
ta directamente al profesional, también de manera indirecta a la empresa. En el
caso de las empresas, en múltiples ocasiones y de forma solidaria, son afectadas
con sanciones económicas, que generan una pérdida del equilibrio financiero.
Desde esta visión, resulta especialmente valido para los profesionales, al con-
siderar que tienen acceso a datos sensibles para las organizaciones de todo tipo
(incluidos informes económicos, financieros y tributarios), que requiere un debido
control, para evitar errores, omisiones o perdidas que afecten los intereses de la
organización, de manera directa o indirecta (McCarthy, 1997). Desafortunada-
mente, la investigación en gestión empresarial ha sido criticada por su falta de
compromiso y el desinterés de los profesionales en las afectaciones de las empre-
sas, que solo se ve reflejadas en pérdidas económicas, además de la pérdida de
empleo que genera dichas afectaciones (Linnenluecke & Griffiths, 2013).
Frente a este escenario, la conductas éticas en el actuar de los profesionales
contables, se convierte en una acción esencial para el desarrollo económico
sostenible del entorno, dado que la ética fija un sentido de responsabilidad y
esto su vez, genera lazos de confianza, necesarios para fortalecer la relación
gobiernos y empresas (West, 2017). Lo anterior, permite sustentar la necesidad
de configurar el actuar de los profesionales contables basados en códigos de
ética, que brinden un direccionamiento de las funciones frente a sus distintas
actividades empresariales, evitando conductas que atente con la integridad de
la organización y su estabilidad económica (Baïada-Hirèche & Garmilis, 2016).
En definitiva, con el propósito de mejorar la transparencia y la rendición de
cuentas de las organizaciones, se hace necesario tomar medidas para diseñar
y desarrollar herramientas efectivas para promover la sostenibilidad empresa-
rial. En consecuencia, frente a la necesidad de promover la sostenibilidad em-
presarial, el objetivo de esta investigación es explorar la conducta ética de los
profesionales contables en Colombia, desde una perspectiva internacional. Se
hace necesario entender las conductas que más afecta a los profesionales y que
manera indirecta afecta la estabilidad económica y social de las empresas.
81Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Debido a lo anterior, el estudio pretende realizar un análisis descriptivo de las
sanciones a la conducta ética de los profesionales contables en Colombia, en el
marco de las instituciones y códigos de ética, en comparación con casos de países
de referencia internacional en este campo. Los resultados de este trabajo facilitan
la caracterización de las sanciones a los profesionales contables en Colombia y
presentan un análisis comparativo con experiencias en Estados Unidos y Francia.
II. Sostenibilidad empresarial y ética profesional
La sostenibilidad empresarial es descrita como las actuaciones sociales,
ambientales y económicas que hacen las organizaciones para favorecer las
condiciones sociales y ambientales de la región, comunidad o empleados (Bos-
Brouwers, H.E.J. 2010). Desde los aspectos sociales, pueden analizar desde la
parte interna y externa. La primera de ellas se asocia a las condiciones labora-
les que favorecer las relaciones empresa-colaborador, generando beneficios de
formación, satisfacción, salud ocupacional, condiciones laborales adecuados y
beneficios económicos. Por su parte, la gestión social externa, se vincula a los
beneficios que puede generar la empresa a la comunidad donde desarrolla su
actividad (Freedman, & O’Connor, 2018)
Por su parte la sostenibilidad empresarial desde la visión ambiental, integra
acciones al mantenimiento del equilibrio del ambiente a partir de prácticas
que favorecen la calidad del medio ambiente tales actividades pueden darse
en el manejo de residuos, políticas ambientales de energía renovables, manejo
de materiales y transporte amigable con el medio ambiente (Malesios, C. et al.
2018). Finalmente, la visión de sostenibilidad empresarial desde el aspecto eco-
nómica es logran mantener acciones que favorezca las actividades sociales y
ambientales al mismo tiempo, que dichas actuaciones ayuden al mejoramiento
de las condiciones financiera de la empresa. (Kiesnere, A. L. and Baumgartner,
R. J. 2019)
En general, y cada vez mas, los líderes empresariales están comprometidos
con la sociedad a una adecuada gestión de las empresas, incluidas las pymes,
lo que se encuentra condicionado al aporte equilibrado al entorno consideran-
do el progreso económico, social y ambiental como contribución al desarrollo
sostenible (Fuentes-Doria, Toscano-Hernández, Díaz-Ballesteros, & Escudero-
Garrido, 2019). Debido a que la sostenibilidad debe tener un impacto positivo
sobre los resultados económicos, ya que las empresas se benefician de abor-
dar y equilibrar las reivindicaciones de sus stakeholders (Edward Freeman &
Evan, 1990). Por esta razón, las empresas deben preocuparse por los objetivos
propios y los objetivos de sus stakeholders, como condición para superviven-
cia y sostenibilidad de la empresa en el largo plazo (Toscano-Hernandez &
Virguez-Pedreros, 2015).
82Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Por ende, dada la creciente interconectividad de las organizaciones y mer-
cados, es una realidad que las empresas no pueden afrontar solas los retos y
desafíos que surgen en la búsqueda de la sostenibilidad (Seuring & Gold, 2013).
Asimismo, dado el carácter limitado de los recursos naturales disponibles en
nuestro planeta, en la literatura académica se evidencian múltiples y constan-
tes esfuerzos por mejorar los parámetros, métodos, metodologías y teorías
que fomenten el uso sostenible de estos recursos (Vergara-Arrieta & Álvarez-
Carval, 2017).
En este sentido, es notable la necesidad de implementar la sostenibilidad en
las prácticas empresariales, entendiendo que los sectores comerciales, produc-
tivos y de servicios, son pieza fundamental para el equilibrio e integración de
los aspectos socioeconómicos y ambientales de una región (Linnenluecke, Rus-
sell & Griffi, 2007; Pérez et al., 2019; Hernández, Chumaceiro y Ravina, 2019).
A su vez, desde el enfoque de la contabilidad, se ocupa de dos dimensiones, la
primera orientada en mantener una buena reputación de las prácticas profesio-
nales y el reconocimiento ético ante los empresarios (Jenkins, Popova & Shel-
don, 2018), y la segunda en proporcionar información adecuado que permita
generar indicadores que favorezca la integración de los elementos sostenibles
empresariales (Ehnert, Harry & Zink, 2018).
III. Sociedad, instituciones y ética profesional contable
En el caso de los profesionales contables, su compromiso con la sociedad
es significativamente sensible al considerar su impacto en la gestión financiera
de las organizaciones, así como la rendición de cuentas a sus diversos stake-
holders. El objetivo social de los profesionales contables se fundamenta en la
necesidad de mejoramiento de las condiciones de transparencia y calidad de la
información en los campos de las organizaciones privadas y públicas (Susiani,
Subing, Mariana & Agustina, 2019). Por lo que, su principal función es propor-
cionar confianza a los usuarios sobre la evaluación o medición de información
financiera y no financiera, basada en criterios técnicos (Susiani, Subing, Mariana
and Agustina, 2019).
En este sentido, estos profesionales son considerados por los gobiernos,
como sujetos que tienen un deber de velar por el estricto cumplimiento de la
responsabilidades comerciales, que incluye, la presentación de reporte que
muestre la realidad económica de la empresa (Latan et al., 2019). De esta mane-
ra, los profesionales contables deben procurar asegurar el debido cumplimiento
de las responsabilidades alrededor de la organizaciones e informando a los en-
tes de control, frente a situaciones que afecte la estabilidad económicos y los
recursos presupuestales del estado (Rezaee, 2005).
Ahora bien, el profesional contable es aquella persona que está involucrada
en funciones y responsabilidades en los procesos de revisión y preparación de
83Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
estados financieros conforme a los Estándares Internacionales de Contabilidad
(Fuentes et al., 2018). De esta manera, el profesional contable puede desem-
peñarse dentro de distintas funciones, auditoria, revisorías, preparador de
información fiscal o tributaria. Es tanto el crecimiento profesional, que las fun-
ciones en los campos gerenciales, han permitido a las organizaciones controlar
los impuestos, construcción de indicadores de gestión, mantenimiento y ex-
tracción de información contable de los sistemas de información, para colocar
a disposición de la alta gerencia y usuarios externos en la toma de decisiones
(Spalding & Lawrie, 2019).
No obstante, a nivel internacional, los profesionales contables desempeñan
sus funciones a partir de diversos marcos normativos e institucionales que va-
rían entre países y regiones. Por ejemplo, en Puerto Rico, la persona con las
competencias en la ciencias contables se le denomina Contador Público, con-
siderada una persona que ha obtenido el permiso del Ministro de Hacienda u
órgano de control profesional para brindar servicios contables y otros servicios
de tipo financieros, conforme a lo establecido en las normatividades legales
(Cardona, RJ, Rezaee, Z., Rivera-Ortiz, W. y Vega-Vilca, JC, 2019).
En el caso de Colombia, el marco jurídico y normativo, obliga a que las
personas interesadas en desarrollar labores de profesionales contables deben
alcanzar el estatus del contadores públicos (Ley 43, 1990, art. 1). Este estatus se
alcanza por personas naturales que logren desarrollar un programa académico
y el título profesional de contador público en una institución de educación re-
conocida por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Adicionalmente,
mediante inscripción y cumplimiento de los requisitos profesionales, deben
obtener una licencia o tarjeta profesional que acredite su competencia en las
ciencias contables. De esta manera, los contadores públicos quedan facultados
para dictaminar estados financieros, presentar informes fiscales, dar fe pública
de los resultados e informes enviados a los distintos órganos de control.
En cualquier caso, frente a los distintos escándalos financieros y los altos
índices de evasión de impuestos a nivel mundial, se evidencia un incremento
en las presiones sociales con respecto a las actuaciones de los profesionales
contables (Toscano-Hernández et al., 2018). Sin embargo, dada la vinculación
laboral de los profesionales contables y la complejidad de la realidad empresa-
rial, existen múltiples situaciones en la conducta ética del profesional contable
que afecta en las funciones públicas de este profesional, incluidas la precisión
y fidelidad a la organización quien asume su costos prestacionales (Iyer & Rec-
zek, 2017). Entre los principales efectos negativos de las conductas éticas de los
profesionales contables se pueden mencionar (D. D. Fuentes-Doria et al., 2019;
Wyatt, 2003): (I) perdida de la confianza de los gobiernos en las funciones pú-
blicas de los profesionales contables, (II) perturbación sustancia de las finanzas
y la estabilidad económica del Estado y de las organizaciones, (III) percepción
84Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
negativa de la sociedad en la labor del preparador contable, (IV) poca valor otor-
gado a la gestión social del profesional contable frente a las distintas problemá-
ticas políticas y económicas.
En efecto, se hace preciso promover acciones que trabajen en la búsqueda
de profesionales contables con formación y conductas éticas capaces de asumir
retos y responsabilidades con una visión social, que genere cambios organiza-
cionales al mejoramiento de las condiciones económicas, ambientales y sociales
(Toscano-Hernández et al., 2018). Lo cual implica necesariamente una configura-
ción en la formación y capacitación de los profesionales contables, destacando
los conocimientos en las competencias éticas, integrando a las universidades
con principal actor en el desarrollo de competencias (Harston & Welch, 2014).
Especialmente las relacionadas con las conductas éticas en el hacer profesional,
al mismo tiempo que se fortalece el desarrollo técnico. Convirtiendo la con-
ducta ética en un valor fundamental para el progreso de los países y el mejora-
miento de la condiciones económica, sociales de las organizaciones y gobiernos
(Shafer, 2015).
IV. Sanciones a la conducta ética de profesionales contables
Las sanciones a las conductas éticas profesionales representan unas fallas
en el cumplimiento de las normas aceptadas para el servicio profesional y si
no se controla podría causar perdida de la confianza de las organizaciones y el
Estado con las funciones del profesional contable en la representación de opi-
niones emitidas en sus informes financieros (Baïada-Hirèche & Garmilis, 2016).
En sentido, al igual que en otros campos profesionales, la ética es uno de los
componentes definitorios de la profesión contable, como la medicina o el dere-
cho, esta contiene un componente social y se requiere una configuración ética
para mantener un equilibrio de las acciones que puedan perjudicar al entorno
(Jakubowski, S. T, Chao, P, Huh, S. K, Maheshwari, S. 2002).
De esta manera, se evidencia la importancia del código de ética profesional
que ha sido expuesta por distintos autores a nivel global, demostrando que se
requiere un fortalecimiento de algunos componentes morales en el desarrollo
profesional de preparador contable (David et al., 1994). A nivel mundial, la ética
profesional del contador público se encuentra establecida por el Consejo de
Normas Internacionales de Ética para Contadores (International Ethics Standards
Board of Accountants (“IESBA”)). Debido a que, El IESBA desarrolla y emite, en in-
terés público, normas de ética de alta calidad y otros pronunciamientos para que
sean utilizados por los profesionales de la contabilidad en todo el mundo.
Lo que permite identificar que a nivel global las normas internacionales del
contador público se encuentran regidas por estas organizaciones, teniendo en
cuenta que estas normas del código de ética del contador público, es adaptado
en cada país de acuerdo a sus leyes y son aplicadas con total autonomía por
85Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
sus tribunales u organismos vigilantes. Por su parte, en Estados Unidos, el có-
digo de conducta de los contadores públicos se encuentra enmarcadas por el
(American Institute of Certified Public Accountants de los US – (AICPA)), que
Establece normas éticas y profesionales, en conjunto con el CPA, por sus siglas
en inglés (certificate for public accountants), debido a que el código de ética
del contador público cambia de acuerdo a los estados federales, siguiendo los
lineamientos y disposiciones de la AICPA.
Mientras que, en Francia, las conductas del contador público se encuentran
sujetas por el código deontológico de los contadores públicos de Francia. Sin
embargo, las disposiciones normativas que se encuentran en la ordenanza, indi-
ca el tipo de sanción legales que se generan por las malas acciones del contador
público como: la reprimenda, la amonestación con entrada en el expediente,
suspensión por un tiempo determinado, suspensión por periodo fijo, retirada
del rol incluida la prohibición definida del ejercicio de la profesión, que contrae-
ría el contador público según sus actuares profesionales.
Por consiguiente, en el contexto colombiano por mandato constitucional,
los códigos de ética tienen el objetivo principal de reconocer y proteger la
existencia de las profesiones liberales, incluida la Contaduría Pública. Esto de-
riva en unas complejidades que determinan esquemas de vigilancia y control de
tales profesiones, al tiempo que prescribe la posibilidad que el Estado colom-
biano pueda asignarle funciones públicas. En concreto, la Constitución Política
de Colombia prescribe la posibilidad que el Estado colombiano pueda asignarle
funciones públicas a los profesionales contables, asociados a los dictamen de
estados financieros, registros de operaciones de tipo fiscal y tributario (Martínez
Salinas & Franco Ruiz, 2014). De hecho, la labor de los profesionales contables
está regida por un Código de Ética, el cual indica los tipos de actuaciones legales
que producen amonestaciones suspensiones y cancelaciones que requiere de una
revisión para generar un acto sancionatorio (Congreso de la República, 1990).
Los Contadores Públicos, revisores o auditores que lleven o aconseje
llevar contabilidad sin el cumplimiento de los requisitos o en su caso, reflejen
información que no muestre la realidad económica, serán objeto de sanciones
que puede ser desde amonestaciones, suspensiones o cancelaciones de la
licencia profesional (Articulo 658 ET). No obstante, existe actuaciones que
gravan la situación del profesional, cuando sus hechos causan defraudación a la
administración, haciendo relación a los activos omitidos y pasivos inexistentes,
produciendo en los contribuyentes sanciones penales que oscilan de 49 a 108
meses de prisión (Ley 2010, Art 731). Para su caso profesional las actuaciones
referidas como acciones penales, asociadas a falsedad de documento,
inexactitudes y errores de negligencia, será objeto de sanciones penales,
prevista en el 286 al 296 del código penal.
86Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Respecto a los activos omitidos y pasivos inexistentes, las normas prevén
unos montos que causan el hecho penal en cabeza del contribuyente, si el va-
lor fiscal de los activos omitidos, o el menor valor de los activos declarados o
del pasivo inexistente es superior a 7.250 salarios mínimos mensuales legales
vigentes pero inferior de 8.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las
penas previstas en este artículo se incrementarán en una tercera parte; en los
eventos que sea superior a 8.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes,
las penas se incrementarán en la mitad.
Dichas acciones del tipo penal podrán iniciarse por petición especial del di-
rector general de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN o la au-
toridad competente, o su delegado o delegados especiales, siguiendo criterios
de razonabilidad y proporcionalidad. La autoridad se abstendrá de presentar
esta petición, cuando exista una interpretación razonable del derecho aplicable,
siempre que los hechos y cifras declarados por el contribuyente sean completos
y verdaderos. Asimismo, las acciones penales se extinguirán cuando el contri-
buyente presente o corrija la declaración o declaraciones correspondientes,
siempre y cuando esté dentro del término para corregir previsto en Estatuto
Tributario y, en todo caso, realice los respectivos pagos de impuestos, sancio-
nes tributarias e intereses correspondientes.
Respecto a la defraudación o evasión fiscal, cuando la conducta establecida
no constituya otro delito sancionado con pena mayor, el contribuyente que, es-
tando obligado a declarar no declare, o que en una declaración tributaria omita
ingresos, o incluya costos o gastos inexistentes, o reclame créditos fiscales, re-
tenciones o anticipos improcedentes por un valor igualo superior a 250 salarios
mínimos legales mensuales vigentes e inferior a 2.500 salarios mínimos legales
mensuales vigentes, definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria,
será sancionado con pena privativa de la libertad de 36 a 60 meses de prisión
(Ley 599, Art 434B).
En general, a nivel mundial, se evidencia un incremento comparativo en el
número de sanciones disciplinarias en los profesionales. Las principales razones
de las sanciones a profesionales contables se asocian a conductas éticas cues-
tionables (Armitage & Moriarity, 2016), tales como: deficiencia en las prácticas
profesionales, actos criminales, incumplimiento en la cooperación de informa-
ción con los entes de control, incumplimiento con las directivas de las empre-
sas, infracciones en prácticas profesionales, naturaleza de actuar no reportado y
desconocimiento de las normas profesionales. Estas acciones, representan unas
fallas en el cumplimiento de las normas aceptadas para el servicio profesional y
si no se controla podría causar perdida de la confianza de las organizaciones y
el estado con las funciones del contador público en la representación de opinio-
nes emitidas en sus informes financieros (Baïada-Hirèche & Garmilis, 2016).
87Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
V. Metodología
Los datos necesarios para el estudio se obtuvieron de la información propor-
cionada por la Junta Central de Contadores (JCC), en la opción servicios y tra-
mites, contadores sancionados. Para el caso JCC se presentan los profesionales
sancionados, incluyendo contadores, auditores y revisores fiscales. Actualmente
se presenta alrededor de 272.701 contadores inscritos desde el año septiem-
bre 1956 hasta diciembre del 2019, de los cuales 263.310 se encuentra activos,
8.923 fallecidos, 468 cancelados.
Para el desarrollo del análisis descriptivo se establecen un detalle estadístico
a través de tablas de frecuencia y análisis de variables correlacionadas, tomando
una ventana del año 2013-2019. 1) Total, de sanciones disciplinaria discriminada.
Para este apartado se tiene en cuenta la base de datos proporcionado por la
JCC desde los periodos 2013-2019. En esto se describen los tipos de sanciones
tipificadas por los contadores públicos de acuerdo a las acciones cometida a)
Amonestaciones; b) Cancelación de la inscripción profesional: c) Multas; d) Sus-
pensiones de la inscripción; 2) Conducta sancionada por contadores públicas:
este segundo apartado se busca clasificar las conductas sancionadas en los
contadores identificando las principales causales asociadas al hecho causado; 3)
Causales y normas aplicadas a la conducta ética: se busca detallar las normati-
vidades violada al código de conducta ética del contador y algunas afectaciones
de tipo legales sancionada; 4) Regiones con mayor número de contadores san-
cionado por sexo: Se detalla las regiones provenientes los contadores públicos,
según la última actual y 5) Los tipos de sanciones asociada a perjuicios econó-
micos y profesionales: a través de una matriz Excel, se propone establecer los
tipos de sanciones que generaron perjuicio económicos y profesionales, clasifi-
cados de acuerdo a la conducta cometida.
El enfoque metodológico del estudio, parte desde la identificación de las
problemáticas a nivel nacional e internacional, enfocando desde síntomas, cau-
sas y consecuencias de las violaciones de las conductas éticas, seguidamente
se establece algunas posturas de estudios que asocian las conductas éticas y
las sanciones a los profesionales contables. Posterior se establece el enfoque de
estudio, que parte desde el paradigma cuantitativo, descriptivo, con método de
estudio de caso, haciendo uso de las revisiones de texto académicos, normas
nacionales (Ley 43, 1993) y la base de datos de la JCC, que reporta a 31 de di-
ciembre del 2019, los profesionales sancionados No 225. Para ello se determina
1) Ingreso a la página de la junta Central de contadores (https://www.jcc.gov.
co), 2) Seleccionar la opción trámites y serios panel superior y 3) Seleccionar la
opción sanciones, contadores sancionados, 4) Descargar archivos, de acuerdo a
los tipos de sanciones aplicadas, 5) Clasificar por criterios de sexo y 6) Reporte
de causales de sanción.
88Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
VI. Resultados
Este apartado del estudio se pretende mostrar los resultados de manera des-
criptiva y analítica de las sanciones interpuestas a los profesionales contables
en Colombia, así como los principales hallazgos en el análisis comparativo de las
sanciones en Colombia con respecto a casos de referencia a nivel internacional.
VI.1 Evidencia empírica en Colombia
Inicialmente, en este apartado, se detalla la evolución cuantitativa de las san-
ciones durante los periodos 2013-2019, así como su distribución porcentual por
tipo de sanción, destacando los periodos con mayor y menores aumentos. El
grafico 1 muestra la evolución de sanciones desde el periodo 2013 al 2019, des-
tacando que el periodo 2013 el año con menor número de No 2 profesionales
con acciones) representadas en un 1% del total de sanciones.
Una comparación del periodo 2013 con 2014-2015, evidencia un aumento
promedio de 22 sancionados, representados en un aumento relativo del 1.100%,
con respecto al año anterior. Se visualiza que el periodo con mayores No de
profesionales sancionado corresponde al año 2016 con un 48% del total de san-
ción y un aumento relativo respecto al año anterior del 447%. Asimismo, por
encima de media promedio del 92.6%. Por su parte el comportamiento desde el
año 2017-2019 en positivo en el escenario sancionatorio existe una disminución
66%, 43%, y 40% sucesivamente en cada periodo. Si realiza una comparación del
año con mayor número de sanción 2016 y el periodo 2019, se denota una dismi-
nución del 88.5%.
2
24 19
104
35
20
12
0
20
40
60
80
100
120
2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Number of sanction
Year
Amonestación Cancelación Multa Suspensión Total
Gráfico 1. Profesionales contables sancionados por variación porcentuales. 2013-2019.
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020).
89Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
En otro sentido, en la tabla 1, se observa que las amonestaciones represen-
tan un 5,6% del total de las muestras tomadas, lo que se significa que son 12
profesionales que contrajeron esta sanción, sucesivamente encontramos las
cancelación de la tarjeta profesional, dado que en este caso fueron faltas gra-
ves a título dolo, incurriendo en su mayoría en el ejercicio de cargos estando
sancionados y aprovechándose de los conocimientos técnicos contables, por lo
que se comprende que esta representa un 8,3%, es decir, una cantidad de 18
profesionales del total de la muestra tomada.
Igualmente, se puede identificar en el ejercicio de la profesión contable, se
encuentran profesionales sancionados con multas, estos se deben porque come-
tieron los mismos hechos, pero de manera leve a título de culpa.
De igual forma, se destaca que el tipo de sanción con mayor concurrencia es
la suspensión con un 84.3%, es decir, una cantidad 182 profesionales del total
de la muestra tomada durante el periodo 2013-2019; entre 2013-2015 se tiene
un 23,6 % lo que representan 43 casos de suspensión, comparando con el año
2016 donde hubo un aumento significativo del 49,45% lo que se tiene como
resultado de 90 casos suspendidos, obteniendo una diferencia comparativa en
los periodos analizados de 47 sancionados. De igual manera, denotamos que en
el periodo comprendido de 2017-2019 hubo una disminución del 14,8%, 6,5% y
5,4% lo que significa una reducción entre el año 2016 y 2019 del 90%.
Tabla 1. Tipo de sanciones aplicadas a profesionales contables. 2013-2019.
Tipo de Sanción 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Total
Amonestación 0 0 1 6 4 1 0 12
% 0% 0% 5.3% 5.8% 11.4% 5.0% 0% 5.6%
Cancelación 0 0 1 7 1 7 2 18
% 0% 0% 5.3% 6.7% 2.9% 35% 16.7% 8.3%
Multa 0 0 0 1 3 0 0 4
% 0% 0% 0% 1.0% 8.6% 0.% 0.0% 1.9%
Suspensión 2 24 17 90 27 12 10 182
% 100% 100% 89.5% 86.5% 77.1% 60% 83.3% 84.3%
2 24 19 104 35 20 12 216
Total % 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020)
La tabla 2 presenta la distribución por regiones de los sancionados de
acuerdo al tipo de sanción discriminando de forma porcentual: la Región An-
dina se tiene un 83,83%, Región Pacífica 3,7%, Región Orinoquia 0,9% y Región
90Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Caribe 11,57%. Por lo que se evidencia que en la Región Andina existe la mayor
cantidad de sancionados de acuerdo al tipo de sanción emitida por JCC com-
prendidos en los periodos 2013-2019.
Por consiguiente, las ciudades que presentan mayor sanción: Región Andina
con las ciudades como: Bogotá con una cantidad de 88, Bucaramanga con 20,
Medellín con 16, Cúcuta 6, entre otras. Consecutivamente, se encuentra la Re-
gión Caribe con: Barranquilla con 18, Sincelejo 3, Cartagena 2, Riohacha y Santa
Marta con 1, seguidamente la Región Pacífica con: Pasto y Cali que cada una
tiene 4 sancionados. Por último, la Región Orinoquia con su ciudad de Villavi-
cencio con 2 sancionados.
Tabla 2. Sanciones a profesionales contables por regiones en Colombia, 2013-2019.
Ciudades AM FA CAL FA ML FA SUP FA Total
Bogotá 5 42% 8 44% 2 50% 73 40% 88
Bucaramanga 0 0% 1 6% 0 0% 20 11% 21
Barranquilla 1 8% 1 6% 0 0% 18 10% 20
Medellín 0 0% 0 0% 0 0% 14 8% 14
Cúcuta 0 0% 3 17% 0 0% 6 3% 9
Neiva 1 8% 0 0% 0 0% 6 3% 7
Florida 1 8% 0 0% 0 0% 3 2% 4
Ocaña 0 0% 2 11% 0 0% 2 1% 4
Pasto 0 0% 0 0% 0 0% 4 2% 4
Cali 0 0% 0 0% 0 0% 4 2% 4
Ibagué 1 8% 0 0% 0 0% 2 1% 3
Itagüí 0 0% 0 0% 0 0% 3 2% 3
Sincelejo 0 0% 0 0% 0 0% 3 2% 3
Otras ciudades 3 25% 3 17% 2 50% 24 13% 32
Total 12 100% 18 100% 4 100% 182 100% 216
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020)
*AM= Amonestaciones; CAL: cancelación, ML: Multas; SUP: suspensión
Se observa en la tabla 3, los profesionales sancionados que cometen las mis-
mas causales, pero la sanción es diferente. El 72% corresponde a que los conta-
dores profesionales faltan a las normas contabilidad, con el mayor porcentaje y
que varía la sanción de acuerdo con la gravedad que se comete, en este caso 9
tuvieron amonestación, 2 multas y 144 suspensiones, para un total de 155 casos.
91Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Tabla 3. Causales de sanciones a profesionales contables en Colombia. 2013-2019.
Tipo de causal incurrida AM CAL ML SUP Total
general %
Falta a las normas de Contabilidad 9 2 144 155 72%
Sancionado y ejercer funciones contables 14 1 15 7%
Retención de documentos 1 1 12 14 6%
Inhabilidad e incompatibilidad 1 1 8 10 5%
Revisor fiscal más de cinco sociedades 6 6 3%
Falsedad de documentos 1 3 4 2%
sustraer capital de la empresa 2 1 3 1%
Adultera estados financieros 2 2 1%
Reincidir en conducta de violación ética 1 1 2 1%
Abandono del cargo sin justificación 1 1 0%
Abuso de confianza 1 1 0%
Apócrifa 1 1 0%
Desacreditar a colega en sus funciones 1 1 0%
Prestar su nombre para brindar servicios a nombre de tercero 1 1 0%
Total 12 19 4 181 216 100%
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020).
*AM= Amonestaciones; CAL: cancelación, ML: Multas; SUP: suspensión
Igualmente, otra de las causales es: que se encuentran sancionados y ejercen
las funciones contables, llegando a 14 cancelaciones de la tarjeta profesional y
1 suspensión, Seguidamente, se observa que el 6% de total de la muestra in-
currieron en la retención de documentos contable sin ninguna justificación,
colocando en algunos casos en riesgo al cliente de sus servicios. Teniendo como
resultado 14 casos: 1 amonestación, 1 multa y 12 suspensiones, asimismo, se
visualiza que 6 suspensiones se dieron por ejercer el cargo de Revisor Fiscal en
más de 5 sociedades, ya que estos profesionales cometieron una falta grave 2
de ellos a título de culpa y 4 a título dolo incumpliendo las normas que regulan
la profesión contable.
Se observa en la tabla 4, las afectaciones económicas con un decremento
patrimonial y las sanciones interpuestas a los profesionales: 1 amonestación, 3
cancelaciones de la tarjeta profesional y 11 suspensiones para una cantidad de
15 casos lo que representa un 16% del total de las muestra tomada; sucesiva-
mente las sanciones a los contribuyentes por inexactitud en las declaraciones
92Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
fiscales, teniendo un 47.3%, es decir, 42 suspensiones, 1 amonestación y 1 la
cancelación de la tarjeta profesional para una cantidad de 45 sanciones.
Tabla 4. Relación de sanciones a profesionales contables en Colombia, por tipo de
afectación económica.2013-2019.
Tipo de sanción Decremento
patrimonial
Sanción por
inexactitud
Gastos
adicionales
Sanción por libros
de contabilidad
Sanción por
corrección Total
Amonestación 1 1 1 2 0 5
1% 1% 1% 2% 0% 5%
Cancelación 3 1 0 0 4
3,2% 1,1% 0,0% 0,0% 0,0% 4,3%
Multas 0 0 0 0 0
0% 0% 0% 0% 0% 0%
Suspensión 11 42 0 27 4 84
12% 45% 0% 29% 4% 90%
Total 15 44 1 29 4 93
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020).
Seguidamente el 31,1% de las sanciones son por los libros contables que se
encuentran desdibujada la realidad económica de la entidad lo que afecta al
cliente por las sanciones contraídas, 2 amonestaciones y 27 suspensiones para
un total de 29 sanciones. Por otra parte, este tipo de sanciones que afectan de
manera económica a las entidades representan un 43%, es decir, 93 casos del
total de muestras que se tomaron durante el periodo 2013-2019.
La tabla 5 muestra las sanciones de acuerdo con el género, que permite
apreciar como los hombres en amonestaciones representan un 4%, es decir,
8 sanciones y las mujeres un 2%. En otro sentido, un 19% del total de las
sanciones son cancelaciones, 11 hombres y 8 mujeres tuvieron la cancelación
de la tarjeta profesional. De tipo multas, se tiene un 2%, es decir, 3 mujeres y
1 hombre presentaron esta sanción; mientras que en las suspensiones el 48%
son hombres, es decir, 104 casos y el 36% son mujeres, es decir, 77 casos para
un total de 84% sancionados. Luego de observar los datos se determinó que el
57,40% corresponden a hombres frente a un 42,59% que son mujeres del total de
las muestras tomadas.
93Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Tabla 5. Tipo de sanciones a profesionales contables en Colombia, por
género.2013-2019.
Genero Amonestación Cancelación Multas Suspensión Total general
Hombre 8 4% 11 5% 1 0,5% 104 48% 124
Mujer 4 2% 8 4% 3 1% 77 36% 92
Total 12 6% 19 9% 4 2% 181 84% 216
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020).
Se puede argumentar que, en el caso bajo estudio, las mujeres registran me-
nor número de sanciones por incumplimientos de las disposiciones normativas,
deberes y cuidados en el ejercicio de las actividades contables. Lo anterior, se
sustenta en una diferencia del 14,9% en el número de sanciones, lo que significa
una cantidad de 32 profesionales de total de casos analizados según el informe
emitido por la JCC a la fecha de corte julio de 2019.
VI. 2 Afectación de sostenibilidad empresarial desde la ética
profesional
Como se ha mencionado en la literatura académica, la ética profesional en
la gestión contable presenta una relación estrecha con la sostenibilidad empre-
sarial. Quizás la mayor parte de los estudios han vinculado solo elementos eco-
nómicos, entendiendo que las conductas al código de ética, según los reportes
de sanciones pueden afectar la estabilidad de financiera de la empresa. Sin
embargo, es preciso mencionar, que las afectaciones económicas, tienen una
trascendencia en las relaciones sociales y ambientales. Cuando las empresas
están frente a sanciones fiscales interpuesta por conductas éticas de los
profesionales, se ven en muchos casos a la reducción de personal, al cierre de
los establecimientos y, por tanto, se ven afectado múltiples empleos y acciones
comunitarias que este brindado la organización. Desde este punto de vista, la
sostenibilidad económica se conecta con las acciones sociales y ambientales.
Otro punto interesante de la relación de la conducta ética y la sostenibilidad
empresarial, son las causales que pueden generar sanciones económicas a la
empresa. Aunque los reportes establecidos por JCC solo se refleja las sanciones
a los profesionales y el tipo de falta. Las empresas por ese tipo de conducta
pueden estar inmersa en procesos sancionatorios por las faltas a las normas
legales, sean vista desde el punto de vista financiero y fiscal. Por tanto, se pre-
senta en la tabla 7. Las causales que pueden afectas a las empresas en la gestión
económica y por consiguiente en las acciones sociales.
94Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Tabla 6. Afectaciones de las sanciones éticas a la sostenibilidad de las empresas
Causal incurrida Norma Empresa
Falta a las normas
de Contabilidad
Código de comercio, articulo 19.
Estatuto tributario 773-774, Ley 111
de 2006. Artículo 655 ET.
Sanción por irregularidades (0.5%) del
mayor valor entre el patrimonio líquido y
los ingresos netos del año anterior al de
su imposición, sin exceder de 20.000 UVT.
Falsedad de
documentos
Ley 43 del 1990- Art 289 código penal Sanciones fiscales, 644 ET a 645 ET,
Diferencias en las declaraciones de
impuestos. Cierre de establecimiento.
Sustraer capital
de la empresa
Ley 43 del 1990- Art 289 código penal Estabilidad patrimonial
Adultera estados
financieros
Ley 43 del 1990- Art 289 código penal Sanciones fiscales, 644 ET a 645 ET,
Diferencias en las declaraciones de
impuestos.
Fuente: Autor (2022)
La tabla 6 muestra las causales que pueden afectar de manera indirecta
las empresas. Además de la sanción recibida por parte de la JCC al contador
público, se pueden generar sanciones de tipo fiscal por el incumplimiento de
llevar los libros de contabilidad. Recordando que el artículo 773 de ET expresa
la forma que se deben llevar los libros de contabilidad y el artículo 654 ET “No
llevar los libros de contabilidad en forma que permitan verificar o determinar
los factores necesarios para establecer las bases de liquidación de los impues-
tos o retenciones, puede generar sanciones de 0.5%) del mayor valor entre el
patrimonio líquido y los ingresos netos del año anterior al de su imposición, sin
exceder de 20.000 UVT
Por su parte, la sanción interpuesta por falsedad de documento también
perjudica a la empresa desde la visión económica. La empresa se puede ver en
un proceso de inspección contable y generar sanciones por no llevar los libros
de contabilidad con sus respectivos soportes, además de correcciones de las
declaraciones fiscales por ingresos costos, gastos o deducciones que cumplen
con los requisitos legales para ser deducibles. A este punto, también se suma
las sanciones de clausura de establecimiento, al no generar soporte legal. Caso
que la afectación sea por falsedad de facturación.
Por su parte, la sanciones por sustraer capital de la empresa, es un tema
que afecta directamente la empresa, en su visión económica y social. Sin duda,
cuando las organizaciones se ven inmersas en fraudes de recursos afecta su
estabilidad en el mercado y puede llegar al cierre del establecimiento por falso
procedimientos y desvíos de recursos. Desde la visión de los autores, considera
que este punto, es esencial en la relación de la sostenibilidad empresarial. Dado
que las afectaciones en sanciones por causales de capitales afectan la concesión
95Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
financiera y, por consiguiente, la empresa que puede llegar a despido masivos,
por falta de recursos económicos.
Finalmente adultera los estados financieros de las empresas, es sin duda
una afectación que genera sanciones por irregularidades en la contabilidad.
Del mismo modo, tener irregularidades en la contabilidad es reflejar que mu-
chos impuestos como IVA, RENTA, IMPUESTO AL PATRIMONIO y los liquidado
en base a la contabilidad, presentan errores y debe ser corregido de manera
voluntaria o a través de recursos especial, que generara para la empresa costos
económicos de mayor valor a pagar y pos consiguiente afectación a la sosteni-
bilidad económica.
VI.3 Situación en New York y Francia
La tabla 6 muestra la relación del número de sancionados por año, teniendo
en cuenta que en Francia en el año 1995 se presentó una baja tasa del 0,3% en
comparación con 1998 se presentó un 12%, mientras que en el New York en el
año 2001 y 2005 el menor porcentaje es de 0,6% y 1994 el 11%. Al comparándo-
los con Colombia en el año 2013 el menor número de sancionados es del 0,9% y
en 2016 fue del 48%, por lo anterior, existen periodos donde hay menor porcen-
tajes de sanciones en los tres países. Por ende, son variables que se comportan
en relación con el tipo de sanción y el periodo en que es emitida por las entida-
des de control y vigilancia.
0
5
10
15
20
25
30
35
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
Suma de Francia Suma de New York
Gráfico 2. Número de sanciones anual en New York y Francia.
Fuente: Elaborado a partir de informes de The number of observations may differ, as for certain ítems
there are issing values
En el gráfico 2 se tuvo en cuenta una comparación de conducta entre los
tres países, donde evidencia que las mujeres registran un menor número de
sanciones que los hombres. En los tipos de sanciones en Francia el 54% de
sanciones son amonestaciones y el 41% son suspensiones, mientras que en
New York las suspensiones representan el 73% como mayor caso y el 23% son
96Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
multas. Seguidamente, en Colombia, el 84% son suspensiones y el 9% se dan
en cancelaciones de la tarjeta profesional debido a que en estos países las
cancelaciones se dan cuando son faltas graves. Lo expuesto anteriormente,
resulta coherente con los resultados de investigaciones previas que han
identificado ciertas diferencias de género en las conductas éticas, al evidenciar
como las mujeres registran una mayor actitud positiva frente a cuestiones
morales que los hombres (Lampe y Finn 1992; Shaud 1994; Eynon y otros 1997).
De igual forma se hizo una revisión de las mismas causales y que generan di-
ferentes sanciones, afectando la misma norma (Ley 43 de 1990) en sus artículos
26, 37.1, 37.4, 37.6, 37.10 y 45), por lo que se identifica que el primer profesional
que recibió como sanción la cancelación de la tarjeta profesional por 12 meses
se encontraba suspendido para el ejercicio de la profesión, el cual actuaba como
revisor fiscal y contador certificado en un ente económico, mientras que el se-
gundo profesional se encontraba suspendido por segunda vez y violó las normas
de ética profesional ejerciendo la profesión, por lo anterior, recibió la sanción
por tercera vez y cancelación de la tarjeta profesional de carácter definitiva se-
gún lo emitido por JCC (2020).
Por lo tanto, se hace necesario este estudio para los profesionales de la con-
taduría pública, ya que permite comprender y entender el entorno de cómo se
presentan las sanciones en los tres países y de acuerdo con el tipo de causal.
Por ende se pretende mitigar los efectos negativos a causa del desacatamiento
frente a las leyes que regulan el ejercicio de la contabilidad entre ella la (Ley 43
de 1990) y a su vez generando interés en las entidades de control y vigilancia
por las irregularidades que se presentan en la profesión , ya que muchos entes
económicos se ven afectados económicamente por razón de las inobservancias
en las inexactitudes en las declaraciones fiscales de acuerdo a los informes
emitidos por la JCC (2020). Por otra parte, se busca con este estudio que las
academias enfaticen de manera oportuna la formación en las buenas prácticas
del código de ética del CP.
97Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Tabla 7. Distribución porcentual de sanciones a profesionales contables,
por tipo de sanciones.
Clasificación de acuerdo a tipo de conducta y tipo de sanción
Tipo de sanción
Colombia
cancelación
0
0
14
1
0
9%
100% suspensión
0
144
1
2
0
84%
multa
0
2
0
0
0
1%
amonestación
0
9
0
0
1
6%
New York
suspensión
12
17
8
4
0
73%
100% multa
2
1
9
1
0
23%
amonestación
0
1
1
0
0
4%
Francia
suspensión
0
7
5
2
10
41%
100% multa
0
0
2
0
1
5%
amonestación
0
0
0
0
20
54%
Número de
sanciones por
países
Colombia
0
0
90
65
9
6
2
1
1
0
TOTAL %
New York
55
26
55
26
56
26
56
26
37
22
Francia
122
15
122
15
122
15
120
15
117
14
Género
Mujer
Hombre
Mujer
Hombre
Mujer
Hombre
Mujer
Hombre
Mujer
Hombre
Tipo de conducta
negligencia
incumplimientos
a las normas
técnicas
ejercer la
profesión estando
suspendido
ayudar a obtener
licencia o tarjeta
profesional
competencia
desleal
Fuente: Elaborado a partir de informes de sanciones JCC (2020) & The number of observations may
differ, as for certain ítems there are issing values
VI.4 Análisis comparativo entre Colombia, New York y Francia
En este apartado, los resultados del estudio se centran en asociar los tipos
de sanción, cuando las causales demuestran una acción que generó afectaciones
económicas a las organizaciones. De acuerdo con la investigación realizada de
los casos de sanciones emitidos por la JCC en Colombia en comparación con el
artículo de Baïada-Hirèche y Garmilis (2016) se procede a realizar un análisis de
manera detallada donde se informa si se tiene coincidencia con las sanciones
por periodos, géneros, conductas y los tipos de sanciones que se aplicaron.
Por lo anterior, en la tabla 7 se tuvo en cuenta una comparación de conducta
entre los tres países, donde evidencia que las mujeres representan el menor nú-
98Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
mero de sanciones que los hombres. De igual manera, en los tipos de sanciones
en Francia 54% representan amonestaciones y el 41% son suspensiones, mien-
tras que en New York las suspensiones registran el número de mayores casos
al representar el 73% de estos, mientras el 23% son multas, seguidamente, en
Colombia el 84% son suspensiones y el 9% se dan en cancelaciones de la tarjeta
profesional debido a que en estos países las cancelaciones se dan cuando son
faltas graves.
De igual forma, se hizo una revisión de las mismas causales y que generan di-
ferentes sanciones, afectando la misma norma (Ley 43 de 1990) en sus artículos
26, 37.1, 37.4, 37.6, 37.10 y 45), por lo que se identifica que el primer profesional
que recibió como sanción la cancelación de la tarjeta profesional por 12 meses
se encontraba suspendido para el ejercicio de la profesión, el cual actuaba como
revisor fiscal y contador certificado en un ente económico, mientras que el se-
gundo profesional se encontraba suspendido por segunda vez y violó las normas
de ética profesional ejerciendo la profesión, por lo anterior, recibió la sanción
por tercera vez y cancelación de la tarjeta profesional de carácter definitiva se-
gún lo emitido por JCC (2020).
Por lo tanto, se hace necesario este estudio para los profesionales de la con-
taduría pública, ya que permite comprender y entender el entorno de cómo se
presentan las sanciones en los tres países y de acuerdo con el tipo de causal.
Por ende se pretende mitigar los efectos negativos a causa del desacatamiento
frente a las leyes que regulan el ejercicio de la contabilidad entre ella la (Ley 43
de 1990) y a su vez generando interés en las entidades de control y vigilancia
por las irregularidades que se presentan en la profesión , ya que muchos entes
económicos se ven afectados económicamente por razón de las inobservancias
en las inexactitudes en las declaraciones fiscales de acuerdo a los informes emi-
tidos por la JCC (2020).
Por otra parte, se busca con este estudio que las academias enfaticen de ma-
nera oportuna la formación en las buenas prácticas del código de ética del CP.
Finalmente, los resultados presentan una correlación de los tipos de san-
ciones y causales; en Francia las amonestaciones representan un 54%, en new
york las suspensiones son del 73% y en Colombia el 84% son suspensiones. Por
ende, las actuaciones indebidas del CP han generado este tipo de penalidades,
generando afectaciones en las normas y los clientes vinculadas al tipo de causal
y sexo.
VI. 5 Diferencias en marcos normativos e institucionales
El presente estudio, determina las principales características de cada uno de
los código o leyes sobre la ética profesional del CP; sus conductas y principios
de la profesión contable, para una adecuada responsabilidad de las actividades
profesionales, promoviendo el conocimiento técnico y efectivo de la profesión
99Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
enmarcados en unos modelos éticos y morales. Se analizará las diferencias y
similitudes de los códigos de ética de Colombia, Estados Unidos y Francia; plan-
teando ajustar conforme a derecho la ley 43 – 1990, que reglamenta la profesión
del contador público acorde a los requerimientos internacionales.
Ahora bien, con respecto a la ley 43 - 1990 proferida por el congreso de la
república de Colombia, en su Capítulo IV título primero, se refiere a las conduc-
tas deontológicas del profesional contable, así como la responsabilidad social,
mediante su actuar como apoyo incondicional para la justica en el desarrollo y
preservación de la verdad fiscal como compromiso social en el ejercicio de sus
funciones propias de la contaduría pública establecidas por disposiciones legales.
Sin embargo, el cumplimiento de la labor profesional como CP y de sus
conductas propias de la ética de la profesión deben sopesarse mediante estu-
dios de los reglamentos en su actividad profesional tanto en Colombia como
en el marco internacional, comparando la ley 43 – 1990, el código de conducta
profesional del Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados de los
US – (AICPA), que Establece normas éticas y profesionales, en conjunto con el
CPA, por sus siglas en inglés (certificado para contadores públicos) el Decreto
n° 2007-1387 del 27 de septiembre de 2007 sobre el código deontológico de los
contadores públicos de Francia.
De acuerdo con los planteamientos entre el código de ética colombiano y el
código deontológico francés, debemos indicar que, si bien en Colombia se crea
por medio de la ley 43 de 1990, el código que reglamenta la profesión contable,
mediante una unidad administrativa especial llamada Junta Central de Conta-
dores el cual se encarga de hacer cumplir lo dispuesto por la ley colombiana en
materia de la profesión contables mediante el registro, inspección y vigilancia
de los profesionales en contaduría pública y de las personas jurídicas prestado-
ras de servicios contables, actuando en derecho para el eficaz cumplimiento de
la profesión y ética profesional.
Asimismo, la Ordenanza N ° 45-2138 del 19 de septiembre de 1945 que es-
tablece el orden de los contables colegiados y regula el título y la profesión de
contador colegiado el código deontológico francés, crea un organismo adscrito
al Ministerio de Economía y Finanzas, cuya función es velar por la representa-
ción, promoción, defensa y el desarrollo de la profesión de contador público,
tanto en Francia como en el extranjero llamada (Ordre des esperts-comptables)
Orden de Contadores Públicos vela por el cumplimiento de la ética profesional,
define estándares y publica recomendaciones, que los contables deben aplicar
en el desempeño de sus funciones. Participa en el desarrollo y difusión de la
doctrina contable nacional e internacional.
Igualmente, La Orden de Contadores Públicos francés está representada por
la Junta de Gobernadores, compuesta por 69 miembros, incluidos 23 presiden-
tes de consejos regionales y 2 comités departamentales. Su misión es garantizar
100Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
el buen funcionamiento de la profesión en el campo; defendiendo el interés
general, así como el de los clientes y operadores económicos mediante la lucha
contra el ejercicio ilegal de la profesión de Contador Público. La consulta del
directorio de contables permite verificar el registro en la Orden de los provee-
dores de servicios que ofrecen servicios de contabilidad.
Cuadro 1. Principios del código de ética colombiano y el americano – AICPA
Ley 43 – 1990 Art: 37 0,300 principios de conducta
profesional AICPA Observación
37.1 Integridad. Cualquiera Que
fuere el campo de su actuación
en el ejercicio profesional. Se
espera de él rectitud, probidad,
honestidad, dignidad y sinceri-
dad, en cualquier circunstancia.
0.300.040 integridad. La integri-
dad es un elemento de carácter
fundamental, un miembro debe
poner a prueba las decisiones y
los hechos preguntando: “¿Estoy
haciendo lo que haría una per-
sona de integridad? ¿He conser-
vado mi integridad? Exhortando
al profesional a observar tanto
la forma como el espíritu de las
normas técnicas y éticas.
Se refieren al principio de inte-
gridad, como el resultado de un
elemento intrínseco del profe-
sional, manteniendo incólume
su integridad moral.
37.2 Objetividad. La objetividad
representa ante todo imparciali-
dad y actuación sin prejuicios
en todos los asuntos que corre-
spondan al campo de acción pro-
fesional del Contador Público.
0.300.050. 01 principio de ob-
jetividad e independencia. Un
miembro debe mantener la obje-
tividad y estar libre de conflictos
de intereses en el desempeño de
sus responsabilidades profesion-
ales atribuyendo la obligación de
ser imparcial, intelectualmente
honesto y libre de conflictos de
intereses.
La norma colombiana contem-
pla que el profesional debe ac-
tuar conforme a las leyes y de
manera imparcial al dar su juicio
profesional; la norma americana,
por su parte establece peligros,
contradicciones, intereses y fac-
ultades que le ofrece la norma
para ejercer su profesión como
CPC y facultado para realizar sus
labores de manera objetiva.
37.3 Independencia. En el ejerci-
cio profesional, el Contador Pú-
blico deberá tener y demostrar
absoluta independencia mental
y de criterio con respecto a cu-
alquier interés que pudiere con-
siderarse incompatible con los
principios de integridad y obje-
tividad.
0.300.050. 01 principio de ob-
jetividad e independencia. Un
miembro en la práctica pública
debe ser independiente de
hecho y de apariencias cuando
preste servicios de auditora y
otros servicios de certificación,
excluyendo las relaciones que
puedan parecer perjudiciales
para la objetividad de un miem-
bro en la prestación de sus ser-
vicios.
Al comparar las normas colom-
bianas y americanas establec-
emos la independencia como
algo sinérgico en materia de
principios de la profesión cont-
able unificando la necesidad si-
multánea a la independencia de
la profesión como característica
propia ajustada a estándares in-
ternacionales.
101Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Ley 43 – 1990 Art: 37 0,300 principios de conducta
profesional AICPA Observación
37.4 Responsabilidad. Como
principio de la ética profesional,
se encuentra implícitamente
comprendida en todas y cada una
de las normas de ética y reglas
de conducta profesional cont-
able, promoviendo la confianza
de los usuarios de los servicios
del Contador Público, compro-
mete indiscutiblemente la capa-
cidad calificada, requerida por el
bien común de la profesión.
0.300.020 responsabilidades.
Como profesionales, los miem-
bros deben ejercer juicios técni-
cos y morales sensibles en todas
sus actividades. Los miembros
también tienen la responsabili-
dad continua de cooperar entre
sí para mejorar el arte de la con-
tabilidad, mantener la confianza
del público y llevar a cabo las re-
sponsabilidades especiales de la
profesión para el autogobierno.
Este principio en los dos estatu-
tos busca garantizar un desem-
peño correcto de los actos de los
profesionales que ejercen la CP,
en aras de brindad tranquilidad
emocional y financiera de todos
los que requieren de los servi-
cios profesionales manteniendo
la confianza y la cooperación
entre profesionales para mayor
trasparencia y actualización de
conocimientos que ayuden el ob-
jetivo de satisfacción máximo de
la profesión.
37.5 Confidencialidad. La rel-
ación del Contador Público con
el usuario de sus servicios es el
elemento primordial en la prác-
tica profesional. Para que dicha
relación tenga pleno éxito debe
fundarse en un compromiso
responsable, leal y auténtico,
el cual impone la más estricta
reserva profesional.
No existe un parágrafo dentro de
los principios relacionados con
confidencialidad. Pero dispone
de unas definiciones de concep-
tos donde a manera excepcional
explica la función que cumple
el miembro con relación a su
cliente en el apartado .09 Infor-
mación confidencial del cliente
del Artículo 0,400 Definiciones
del presente código.
El AICPA no regula dentro del
apartado de principios de su
código el principio de la con-
fidencialidad En cuanto la ley
colombiana se refiere implícita-
mente al compromiso que tiene
el profesional contable con sus
clientes dentro de una práctica
responsable, leal, y autentica
dentro de la reserva profesional.
37.6 Observancia de las disposi-
ciones normativas. El Contador
Público deberá realizar su tra-
bajo cumpliendo eficazmente
las disposiciones profesionales
promulgadas por el Estado apli-
cando los procedimientos adec-
uados debidamente establecidos
0.300.060 cuidado debido. .01
Un miembro debe observar las
normas técnicas y éticas de la
profesión, esforzarse continua-
mente por mejorar la competen-
cia y la calidad de los servicios,
y cumplir con la responsabilidad
profesional en la medida de sus
posibilidades.
Con relación a este principio, el
profesional contable deberá real-
izar su trabajo de manera eficaz,
y bajo el amparo de la legalidad,
respetando las normas estableci-
das por el estado como garantía
de legalidad, transparencia, bue-
na fe, competencia y diligencia.
102Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Ley 43 – 1990 Art: 37 0,300 principios de conducta
profesional AICPA Observación
37.8 Difusión y colaboración. El
Contador Público tiene la oblig-
ación de contribuir, de acuerdo
con sus posibilidades person-
ales, al desarrollo, superación
y dignificación de la profesión,
tanto a nivel institucional como
en cualquier otro campo, que,
como los de la difusión o de la
docencia, le sean asequibles
mediante el principio de colabo-
ración como imperativo social
profesional.
El presente código no relaciona
un principio de Difusión y Co-
laboración del contador público
en la contribución del desarrollo
de la profesión desde cualquier
campo técnico o académico,
aunque si se refiere de manera
ocasional a ciertos criterios de
cooperación entre colegas en
pro de una mejor práctica de la
profesión.
La ley colombiana va más allá
de crear una norma que reg-
ule el actuar deontológico del
profesional contable, si no que
a su vez exhorta al mismo a
compartir mediante cualquier
mecanismo idóneo y eficaz sus
conocimientos profesionales
para motivar, mejorar y posicio-
nar la profesión y al profesional
en contaduría pública.
37.8 Respeto entre colegas. El
Contador Público debe tener
siempre presente que la sinceri-
dad, la buena fe y la lealtad para
con sus colegas son condiciones
básicas para el ejercicio libre y
honesto de la profesión y para
convivencia pacífica, amistosa y
cordial de sus miembros.
Acerca del principio del respeto
entre colegas, el código america-
no AICPA se refiere en parágrafo
0.300.020 sobre Responsabi-
lidades, en su ítem 02 sobre la
cooperación y responsabilidad
entre colegas para mejorar el
arte de la contabilidad, mante-
niendo buenos lasos y una pací-
fica, amistosa y cordial relación.
Está claro que los dos encuadran
este principio como fundamen-
tal para que la profesión siga
siendo libre, armónica y de re-
sultados positivos facilitando el
trabajo conjunto entre los miem-
bros que componen la empresa,
tratando a los compañeros y
subordinados, al personal del cli-
ente y al de otras instituciones,
de la misma manera.
37.10 Conducta ética. El Conta-
dor Público deberá abstenerse
de realizar cualquier acto que
pueda afectar negativamente la
buena reputación o repercutir en
alguna forma en descrédito de la
profesión, tomando en cuenta
que, por la función social que im-
plica el ejercicio de su profesión.
0.300.030 el interés público
.01 Los miembros deben aceptar
la obligación de actuar de mane-
ra que sirva al interés público,
honre la confianza del público y
demuestre un compromiso con
el profesionalismo.
Ambos códigos emiten con-
ceptos con objetivos similares,
teniendo en cuenta que su
condición de prestación de sus
servicios a la sociedad medi-
ante conducta pública y privada
o privada este debe estar bajo
desempeños responsables de la
profesión mediante una mirada
integral, objetiva y genuina de
un buen prestador de servicios a
la sociedad.
Fuente: Elaborado a partir de las normas emitidas en Colombia y Estados Unidos.
El cuadro 1, determina las similitudes, diferencias y vacíos que contemplan la
ley 43 de 1990 y el código 0,300 Principios de conducta profesional AICPA me-
diante derecho comparado realizado, a fin de promover el conocimiento técnico
y efectivo de los profesionales contables, estableciendo elementos de carácter
fundamental y de manera objetiva, correcta y justa ante cualquier disposición o
interpretación contraria a lo establecido en las normas de ética profesional.
103Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Cuadro 2. derecho comparado de la ley 43/1990
y la ordenanza N ° 45-2138 del 19 de septiembre de 1945 (Francia)
Ley 43 – 1990 Art: 37
La orden de los contadores
públicos y ordenanza N ° 45-
2138 del 19 de septiembre de
1945 (Francia)
Observación
37.1 Integridad. Cualquiera Que
fuere el campo de su actuación
en el ejercicio profesional. Se
espera de él rectitud, probidad,
honestidad, dignidad y sinceri-
dad, en cualquier circunstancia.
Integridad. Los funcionarios
electos rechazan cualquier forma
de beneficios que coloquen en
dudas su integridad o imparciali-
dad. Los funcionarios electos no
pueden utilizar con fines perso-
nales, para fomentar la actividad
de su empresa, las funciones de-
sempeñadas dentro de la Orden,
así como los recursos humanos y
materiales que se les ponen in-
formación recopilada en relación
con sus deberes.
Los dos códigos en comparación
reseñan el principio de integ-
ridad, como el resultado de un
deber indemne del profesional
contable como lo es la moral, y
el cumplimiento de sus labores
de una manera correcta y confi-
able para con sus clientes y orga-
nización en la que se encuentren
desempeñando sus labores
37.2 Objetividad. La objetividad
representa ante todo imparciali-
dad y actuación sin prejuicios
en todos los asuntos que corre-
spondan al campo de acción pro-
fesional del Contador Público.
Imparcialidad. Los funcionarios
electos se forman su opinión
sin prejuicios ni prejuicios y
se expresan sin connotaciones
partidistas, políticas o religio-
sas. Los funcionarios electos se
comprometen a una obligación
de reserva. Solo pueden hablar
en nombre de la Institución en el
marco de un mandato específico.
El principio de objetividad o
imparcialidad según los códigos
son un requisito de la infor-
mación u opinión del profesion-
al, que conforman un conjunto
de características que pueden
transmitir ideas ajustadas en
derecho, respetando las limita-
ciones que otorga los reglamen-
tos profesionales.
37.3 Independencia. En el ejerci-
cio profesional, el Contador Pú-
blico deberá tener y demostrar
absoluta independencia mental
y de criterio con respecto a cu-
alquier interés que pudiere con-
siderarse incompatible con los
principios de integridad y obje-
tividad.
Independencia: Los funcionarios
electos deben ser ejemplares
en la aplicación del principio
de independencia. Deben evitar
cualquier situación que pueda
obstaculizar su libertad de juicio
o dar lugar a una presunción de
falta de independencia o conflic-
to de intereses.
Si bien la norma estipula ciertas
conductas y principios de la pro-
fesión contable, este principio
expresa de manera clara y es-
pecífica la independencia en las
prácticas públicas y privadas del
contador público.
104Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Ley 43 – 1990 Art: 37
La orden de los contadores
públicos y ordenanza N ° 45-
2138 del 19 de septiembre de
1945 (Francia)
Observación
37.5 Confidencialidad. La rel-
ación del Contador Público con
el usuario de sus servicios es el
elemento primordial en la prác-
tica profesional. Para que dicha
relación tenga pleno éxito debe
fundarse en un compromiso
responsable, leal y auténtico,
el cual impone la más estricta
reserva profesional.
Secreto profesional: Los fun-
cionarios electos se abstengan,
tanto durante su mandato como
después de su expiración, de co-
municar cualquier documento o
información que hayan llegado a
conocer en el desempeño de sus
funciones y en los que se men-
cionen o cuestionen personas
o entidades. Sujeto a la super-
visión y control disciplinario de
la Orden.
si bien se puede identificar que
los códigos de conducta buscan
velar por la información que
brindan los clientes, estos están
en la obligación más allá de lo
ético de mantener los secretos
profesionales aun cuando no
exista un vínculo directo con los
procesos, ya que las normas son
claras en codificar las obligacio-
nes y reglas que se deben man-
tener.
37.6 Observancia de las disposi-
ciones normativas. El Contador
Público deberá realizar su tra-
bajo cumpliendo eficazmente
las disposiciones profesionales
promulgadas por el Estado apli-
cando los procedimientos adec-
uados debidamente establecidos
Transparencia: Los funcionarios
electos informan al consejo del
orden del que son miembros de
alguna función o de cualquier in-
terés directo o indirecto que pu-
eda colocarlos en una situación
de conflicto de intereses.
Con base a este principio el pro-
fesional contable deberá man-
tener cierta conexión con otros
principios éticos de la profesión
aplicando los procedimientos
adecuados que se encuentran
establecidos en el código de
conducta profesional.
37.7 Competencia y actual-
ización profesional. El Contador
Público sólo deberá contratar
trabajos para lo cual él o sus aso-
ciados o colaboradores cuenten
con las capacidades e idoneidad
necesaria para que los servicios
comprometidos se realicen en
forma eficaz y satisfactoria.
Devoción: Los funcionarios elec-
tos deben dedicar el tiempo
necesario a las funciones para las
que han sido nombrados. Deben
participar asiduamente en las
sesiones, así como en las reunio-
nes de los órganos, comisiones y
comités a los que estén inscritos.
la necesidad de la actualización
constante de los retos que de-
manda la profesión para manten-
er actualizado los conocimientos
que puedan generar progreso
social y ecológico entre las par-
tes
37.10 Conducta ética. El Conta-
dor Público deberá abstenerse
de realizar cualquier acto que
pueda afectar negativamente la
buena reputación o repercutir en
alguna forma en descrédito de la
profesión, tomando en cuenta
que, por la función social que im-
plica el ejercicio de su profesión.
Dignidad: Los funcionarios
electos evitan cualquier acto,
maniobra o comentario que pu-
eda desprestigiar la profesión.
Mantienen un comportamiento
digno y responsable en todo mo-
mento y se abstienen de cualqui-
er actitud ofensiva o denigrante.
Ambos principios buscan man-
tener la sinergia profesional, de
manera correcta y legal a una
sociedad demandante de bue-
nos profesionales; protegiendo
las actuaciones profesionales del
contador mediante principios y
prácticas que eviten denigrar el
buen nombre de la profesión y el
profesional.
Fuente: Elaborado a partir de las normas emitidas en Colombia y Francia
El cuadro 2, define la hermenéutica contenida en la ley 43 de 1990 y la or-
denanza N ° 45-2138 del 19 de septiembre de 1945 (Francia), que establece una
105Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
sinergia con el derecho internacional y la reglamentación que establece la IFAC
en temas de la profesión contable, utilizando una cronología correcta de la pro-
fesión evitando sanciones innecesarias sobre la ética profesional, priorizando
o incluyendo procedimientos de comunicación y actualización de los retos que
demanda el ejercicio contable en la era de la geo-globalización.
VII. Conclusiones
Los resultados obtenidos en el estudio permiten inferir que los contadores
públicos en Colombia incurren principalmente en faltas debido a las inobservan-
cias y al incumplimiento de la normatividad contable. De igual forma, seguida-
mente, se incurren en la retención de documentos de los clientes y ejercer las
funciones de revisor fiscal en más de cinco sociedades. Las anteriores conduc-
tas generan diferentes tipos de sanciones como se encuentra establecido en el
código de conducta profesional en Colombia.
Asimismo, en el análisis de las afectaciones económicas que se presentaron
en las empresas debido a las inobservancia de los profesionales contables en las
inexactitudes de las declaraciones fiscales, se identifica la generación de multas
por el órgano de control y vigilancia DIAN a las empresas. Igualmente, el com-
portamiento de algunos profesionales se pudo identificar que estos realizaban
movimientos financieros para beneficios propios lo que ocasiona dentro de las
entidades un decremento patrimonial.
Respecto a la comparación de la normatividad nacional con la internacional,
a partir del analisis reflexivo con las saciones en New York y Francia, se
identifican ciertas causales iguales, aunque los tipos de sanciones varían por el
nivel de afectaciones a la normatividad. Sin embargo, es de precisar que en el
estado de New York y Francia la aplicabilidad y cumplimiento de la norma es
más contundente y eficaz debido a que se vigila la emisión en el juicio ético de
los contadores públicos.
En cualquier caso, considerando los resultados del análisis de los registros
de las sanciones por sexo en los tres casos bajo estudio, en futuros estudios
resultaría interesante contrastar hipótesis de investigación asociadas a la eva-
luación de diferencias significativas entre hombres y mujeres en la propensión
hacia conductas ética favorables en el ejercicio de la profesional.
Todo este escenario comparativo busca describir la importancia que tiene
la ética profesional de los profesionales de la contabilidad en el ejercicio de
sus actividades. Además de conocer las distintas sanciones y causales, el autor
busca mostrar como las acciones contra el código de ética también afecta la
estabilidad de la empresa. Afectando su sostenibilidad económica a causa de las
distintas sanciones económica productos de las practicas desarrollada por los
profesionales contables.
106Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
VIII. Recomendaciones
Basada en las evidencias del estudio, los autores proponen unas recomenda-
ciones para el ejercicio profesional del contador público:
La confianza de la profesión contable es fundamental para el desarrollo
económico, las buenas prácticas en el ejercicio profesional, cumpliendo las
normatividades y el código de ética profesional del contador público, permitirá
minimizar los niveles de sanciones.
Se deben fortalecer las competencias normativas en asuntos contables en
los profesionales. Las evidencias empíricas indicadas que son las caúsales con
mayores afectaciones en las empresas y de sanciones profesionales.
Las universidades, asi como demás entidades involucradas en la formación y
ejercicio de la profesión contable, deben realizar mayores esfuerzos por fomentar
entre los estudiantes y en profesionales buenas prácticas del código de ética. Esto
con el propósito superior de fomentar cambios en cierta percepción negativa de
la contaduría pública, debido a los escándalos financieros en los que se han visto
involucrados los contadores públicos.
Se debe continuar con estudios similares al presente, pero con visiones
más amplias con el objetivo de contribuir a la profesión contable entorno a la
aplicabilidad y cumplimiento de la ética profesional del contador público en
Colombia enmarcándolo al entorno internacional, para así brindar conocimientos
respecto a los tipos de sanciones y causales que se presentan en otros países.
Referencias bibliográficas
Armitage, J. L., & Moriarity, S. R. (2016). An examination of AICPA disciplinary actions: 1980-
2014. Current Issues in Auditing, 10(2), A1–A13. https://doi.org/10.2308/ciia-51466
Baïada-Hirèche, L., & Garmilis, G. (2016). Accounting Professionals’ Ethical Judgment and
the Institutional Disciplinary Context: A French–US Comparison. Journal of Business
Ethics, 139(4), 639–659. https://doi.org/10.1007/s10551-015-2876-x
Bos-Brouwers, H. E. J. (2010), “Corporate sustainability and innovation in SMEs: Evidence
of themes and activities in practice”, Business Strategy and the Environment, 19(7),
pp. 417–435. doi: 10.1002/bse.652
Cardona, R. J., Rezaee, Z., Rivera-Ortiz, W., & Vega-Vilca, J. C. (2019). Regulatory
Enforcement of Accounting Ethics in Puerto Rico. Journal of Business Ethics, 0(0), 0.
https://doi.org/10.1007/s10551-019-04137-4
Cloutier, C., Oktaei, P., & Lehoux, N. (2019). Collaborative mechanisms for sustainability-
oriented supply chain initiatives: state of the art, role assessment and research
opportunities. International Journal of Production Research, 0(0), 1–15. https://doi.org/1
0.1080/00207543.2019.1660821
Congreso de la republica (1990) Ley 43 de 1990: Por la cual se adiciona la Ley 145 de 1960,
reglamentaria de la profesión de Contador Público y se dictan otras disposiciones.,
1990 17 (1990).
107Contaduría Universidad de Antioquia – No. 80. Medellín, enero-junio de 2022
Congreso de la Republica (2000). Ley 599 de 2000: Por el cual se expide el codigo penal: Recuperado
de: https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1663230.
Congreso de la Republica (2019). Ley 2010 del 2019: or medio de la cual se adoptan
normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el
fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del
sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la
Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones: recuperado de: https://www.suin-
juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30038705.
David, J. M., Kantor, J., & Greenberg, I. (1994). Possible ethical issues and their impact on
the firm: Perceptions held by public accountants. Journal of Business Ethics, 13(12),
919–937. https://doi.org/10.1007/BF00881662
Fleischman, G. M., Johnson, E. N., Walker, K. B., & Valentine, S. R. (2019). Ethics Versus
Outcomes: Managerial Responses to Incentive-Driven and Goal-Induced Employee
Behavior. Journal of Business Ethics, 158(4), 951–967. https://doi.org/10.1007/s10551-
017-3695-z
Freeman, S. 2000. “Partnerships between small and medium enterprises and
universities that add value”, Education + Training, 42(6), pp. 372–377. doi:
10.1108/00400910010378485.
Fuentes-Doria, D. D., Toscano-Hernandez, A., Diaz-Ballestero, J. L., & Escudero-Garrido,
Y. (2019). Ética y sostenibilidad en la gestión contable: Un análisis documental en
el contexto Mundial en los periodos. Contaduria Universidad de Antioquia, 75, 43–67.
https://doi.org/10.17533/udea.rc.n75a02
Fuentes-Doria, D., Toscano-Hernández, A., Díaz-Ballesteros, J., & Escudero-Garrido, Y.
(2019). Ética y sostenibilidad en la gestión contable: Un análisis documental en el
contexto mundial en los periodos 2009-2018. Contaduría Universidad de Antioquía,
75(Julio-diciembre), 43–67. https://doi.org/10.17533/udea.rc.n75a02
Fuentes-Doria, D., Toscano-Hernández, A., & Sepulveda Vargas, R. (2019). Enterprise
Sustainability: Literature Review in the Context of SMEs Worldwide. Opción, 35(25),
1526–1558. https://produccioncientificaluz.org/index.php/opcion/article/view/32346
Fuentes, D. D., García, H. A., & Toscano, A. E. (2018). Estado actual de la implementación
de las Normas Internacionales de Información Financieras (NIIF) en PyMEs de la
ciudad de Montería , Colombia. Faces, 24(51), 1–16.
Harston, M. E., & Welch, S. T. (2014). Evolution of professional enforcement in texas : an
examination of violations evolution of professional enforcement in texas : an examination of
violations. The Accounting Historians Journal, 24(1), 25–73.
Iyer, E. S., & Reczek, R. W. (2017). The intersection of sustainability, marketing, and public
policy: Introduction to the special section on sustainability. Journal of Public Policy and
Marketing, 36(2), 246–254. https://doi.org/10.1509/jppm.36.250
Jakubowski, S. T., Chao, P., Huh, S. K., & Maheshwari, S. (2002). A cross-country comparison
of the codes of professional conduct of certified/chartered accountants. Journal of
Business Ethics, 35(2), 111–129. https://doi.org/10.1023/A:1013011120754
108Sostenibilidad empresarial desde la ética profesional: evidencia empírica de las sanciones...
Fuentes-Doria, D., Toscano Hernández, A., & Angulo-Ochoa, E.
Kiesnere, A. L. & Baumgartner, R. J. 2019. Sustainability management in practice:
Organizational change for sustainability in smaller large-sized companies in Austria,
Sustainability (Switzerland). doi: 10.3390/su11030572.
Latan, H., Chiappetta Jabbour, C. J., & Lopes de Sousa Jabbour, A. B. (2019). Ethical
Awareness, Ethical Judgment and Whistleblowing: A Moderated Mediation Analysis.
Journal of Business Ethics, 155(1), 289–304. https://doi.org/10.1007/s10551-017-3534-2
Linnenluecke, M. K., & Griffiths, A. (2013). Firms and sustainability: Mapping the intellectual
origins and structure of the corporate sustainability field. Global Environmental Change,
23(1), 382–391. https://doi.org/10.1016/j.gloenvcha.2012.07.007
Malesios, C. ET AL. 2018. “Impact of small-and medium-sized enterprises sustainability
practices and performance on economic growth from a managerial perspective:
Modeling considerations and empirical analysis results”, Business Strategy and the
Environment, 27(7), pp. 960–972. doi: 10.1002/bse.2045
Martínez Salinas, E. S., & Franco Ruiz, R. (2014). El proceso disciplinario aplicado a los
contadores públicos. Libre Empresa, 11(1), 149–170. https://doi.org/10.18041/1657-
2815/libreempresa.2014v11n1.3018
McCarthy, I. N. (1997). Professional ethics code conflict situations: Ethical and value
orientation of collegiate accounting students. Journal of Business Ethics, 16(12–13),
1467–1473. https://doi.org/10.1007/978-94-009-1475-9_26
Peerally, J. A., De Fuentes, C., & Figueiredo, P. N. (2019). Inclusive innovation and the
role of technological capability-building: The social business Grameen Danone Foods
Limited in Bangladesh. Long Range Planning, 52(6), 0–1. https://doi.org/10.1016/j.
lrp.2018.04.005
Rezaee, Z. (2005). Causes, consequences, and deterence of financial statement fraud.
Critical Perspectives on Accounting, 16(3), 277–298. https://doi.org/10.1016/S1045-
2354(03)00072-8
Shafer, W. E. (2015). Ethical climate, social responsibility, and earnings management.
Journal of Business Ethics, 126(1), 43–60. https://doi.org/10.1007/s10551-013-1989-3
Spalding, A. D., & Lawrie, G. R. (2019). A Critical Examination of the AICPA’s New “Conceptual
Framework” Ethics Protocol. Journal of Business Ethics, 155(4), 1135–1152. https://doi.
org/10.1007/s10551-017-3528-0
Susiani, R., Subing, H. J. T., Mariana, C., & Agustina, I. L. (2019). Analysis of sanctions on the
violation of the professional code of public accountants ethics (Study of literature).
International Journal of Innovation, Creativity and Change, 6(7), 172–182.
Toscano-Hernández, A., Fuentes-Doria, D., & Murillo-Vanegas, V. (2018). Contabilidad
Ambiental y Sostenibilidad en las Organizaciones : Redes de colaboración y clúster
temáticos de la producción científica mundial. In Innovar, Estrategia de Sostenibilidad
para el Crecimiento y Desarrollo Empresarial (Vol. 1, pp. 62–78).
West, A. (2017). The ethics of professional accountants: an Aristotelian perspective.
Accounting, Auditing and Accountability Journal, 30(2), 328–351. https://doi.org/10.1108/
AAAJ-09-2015-2233
Wyatt, A. R. (2003). Accounting professionalism—they just don’t get it. Accounting Horizons,
67(6), 14–21.