Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez,
E. (2024). La evasión fiscal y la eficiencia del
Estado: reflexiones en torno al caso colombiano .
Contaduría Universidad de Antioquia, 84, 39-62.
Doi: https://doi.org/10.17533/udea.rc.n84a02
La evasión fiscal y la eficiencia del
Estado: reflexiones en torno al caso
colombiano
Ruby Stella Cabrera Jaramillo
ruby.cabreraja@amigo.edu.co
ORCID: 0000-0003-4505-382X
Universidad Católica Luis Amigó
Albeiro Aguirre Ríos
albeiro.aguirreri@amigo.edu.co
ORCID: 0000-0002-7436-6625
Universidad Católica Luis Amigó
Bibiana Alejandra Montoya Idárraga
bibiana.montoyaid@amigo.edu.co
ORCID: 0000-0001-5541-1067
Universidad Católica Luis Amigó
Eliana Marcela Álvarez Garcés
eliana.alvarezga@amigo.edu.co
ORCID: 0000-0003-0762-8813
Universidad Católica Luis Amigó
La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Resumen: En este artículo reflexivo, se examina el fenómeno de la evasión fiscal, destacando el uso
cada vez más sofisticado de estrategias por parte de quienes buscan evadir impuestos y defraudar
al Estado. Su objetivo es analizar cómo estas prácticas socavan el contrato social al obstaculizar
la capacidad estatal de proveer adecuadamente bienes y servicios públicos, redistribuir el ingreso y
estabilizar la economía. Para lograrlo, se parte de un análisis documental sobre el contrato social,
la obligación tributaria, la evasión fiscal y los paraísos fiscales, lo cual conduce a la conclusión de
que la evasión fiscal ha evolucionado hacia una industria transnacional que concentra la riqueza y
genera altos niveles de desigualdad y pobreza. De acuerdo con este contexto, resulta preocupante
que la evasión fiscal se haya convertido en una actividad altamente protegida y difícil de combatir,
desafiando la autoridad y la fuerza de la ley. Por tanto, es indispensable implementar medidas más
efectivas y sólidas para abordar este problema y garantizar un sistema fiscal más justo y equitativo.
La contribución de esta reflexión es la caracterización de las conductas evasoras en relación con el
contrato social y la forma de contrarrestarlas.
Palabras clave: Evasión, redistribución, paraísos fiscales, impuestos
Tax evasion and State efficiency: reflections on the Colombian case
Abstract: This reflection paper examines the phenomenon of tax evasion, highlighting the increasingly
sophisticated strategies employed by individuals seeking to evade taxes and defraud the State. It aims to
analyze how these practices undermine the social contract by hindering the State’s ability to adequately
provide public goods and services, redistribute income, and stabilize the economy. To achieve this aim, a
documentary analysis is conducted on the social contract, tax liability, tax evasion, and tax havens. It is
concluded that tax evasion has evolved into a transnational wealth-concentration industry, generating
high levels of inequality and poverty. In this connection, it is concerning that tax evasion has evolved
into a highly protected, difficult-to-combat activity that undermines the power and efficacy of the legal
system. It is, therefore, essential to implement more effective and robust measures to tackle this issue
and guarantee a more just and equal taxation system. The characterization of evasive behaviors related
to the social contract, along with effective strategies to confront and overcome them, constitutes the
contribution of this reflection.
Keywords: Evasion, redistribution, tax havens, taxes
Evasão fiscal e eficiência do Estado: reflexões sobre o caso colombiano
Resumo: Neste artigo refletivo, o fenômeno da evasão fiscal é examinado, destacando o uso cada
vez mais sofisticado de estratégias por aqueles que visam fugir dos impostos e fraudar o Estado. O
seu objetivo é analisar como estas práticas prejudicam o contrato social, impedindo a capacidade
do Estado de fornecer adequadamente bens e serviços públicos, redistribuir a renda e estabilizar a
economia. Para consegui-lo, partimos de uma análise documental sobre o contrato social, a obrigação
fiscal, a evasão fiscal e os paraísos fiscais, o que leva à conclusão de que a evasão fiscal evoluiu para
uma indústria transnacional que concentra a riqueza e gera elevados níveis de desigualdade e pobreza.
Neste contexto, é preocupante que a evasão fiscal tenha se tornado uma atividade altamente protegida
e difícil de combater, desafiando a autoridade e a força da lei. Portanto, é essencial implementar
medidas mais eficazes e robustas para resolver este problema e garantir um sistema fiscal mais justo e
equitativo. A contribuição desta reflexão é a caracterização dos comportamentos evasivos em relação
ao contrato social e a forma de combatê-los.
Palavras-chave: Evasão, redistribuição, paraísos fiscais, impostos
L’évasion fiscale et l’efficacité de l’État : quelques considérations sur le cas de la Colombie
Résumé: Cet article analyse le phénomène de l’évasion fiscale et met en évidence l’utilisation de
stratégies de plus en plus sophistiquées par ceux qui cherchent à échapper à l’impôt et à frauder l’État.
Il cherche à comprendre comment ces pratiques minent le contrat social en entravant la capacité de
l’État à fournir des biens et des services publics, à redistribuer les revenus et à stabiliser l’économie
avec efficacité. Pour ce faire, il commence par une analyse documentaire du contrat social, de
l’obligation fiscale, de l’évasion fiscale et des paradis fiscaux, qui aboutit à la conclusion que l’évasion
fiscale est devenue une industrie transnationale concentrant les richesses et générant des niveaux élevés
d’inégalité et de pauvreté. Dans ce contexte, il est inquiétant de constater que l’évasion fiscale est
devenue une activité hautement protégée, difficile à combattre, qui remet en cause l’autorité et la force
de la loi. Il est donc essentiel de mettre en œuvre des mesures plus efficaces et plus robustes pour
s’attaquer à ce problème et garantir un système fiscal plus juste et équitable. La contribution de cette
réflexion est la caractérisation du comportement évasif par rapport au contrat social et la manière de
le contrer.
Mots clés : Évasion, redistribution, paradis fiscaux, impôts
41Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Cont. udea (enero-junio), pp. 39-62. © Universidad de Antioquia-2024.
La evasión fiscal y la eficiencia del Estado:
reflexiones en torno al caso colombiano
Ruby Stella Cabrera Jaramillo, Albeiro Aguirre Ríos,
Bibiana Alejandra Montoya Idárraga y Eliana Marcela Álvarez Garcés
https://doi.org/10.17533/udea.rc.n84a02
Primera versión recibida en julio de 2023 – versión aceptada en noviembre de 2023
I. Introducción
El Estado Social de Derecho se fundamenta en la premisa de servir a la co-
munidad y promover la prosperidad general. Esta responsabilidad constitucional
se manifiesta a través de diversas políticas y estrategias, entre ellas, la política
fiscal. La hacienda pública juega un papel crucial en este aspecto, diseñando
instrumentos para el recaudo de ingresos tributarios, los cuales son esenciales
para financiar el presupuesto público y promover la equidad social. En este
contexto, se examina cómo la eficiencia y eficacia de la política fiscal impactan
directamente en la capacidad del Estado para cumplir con sus objetivos y com-
promisos hacia la sociedad.
En la medida en que un Estado Social de Derecho logra cumplir con los fines
para los cuales fue creado, se considera viable. La hacienda pública, a través del
gasto social, facilita la asignación de bienes y servicios, la redistribución del
ingreso y la estabilización económica, contribuyendo así al orden social y eco-
nómico. En este proceso, como observó Schumpeter (1954), “los impuestos no
solo ayudan a crear Estado, ellos ayudan a formarlo” (p. 5). Por lo tanto, la eva-
sión fiscal se convierte en un grave perjuicio para el Estado, ya que obstaculiza
su capacidad para cumplir con sus objetivos fundamentales.
Al defraudar al Estado, se reduce la disponibilidad de recursos, lo que con-
lleva a una disminución en el gasto público y la inversión social. A menos que se
recurra a la deuda pública como medio de financiamiento, esta situación resulta
en un aumento de los índices de pobreza y desigualdad, y en la concentración
de la riqueza en un pequeño grupo de individuos.
42La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
García y Mandel (2022), afirman que la riqueza evadida fiscalmente engrosa
el patrimonio de los evasores, que encuentran refugio en los paraísos fiscales
y desfalca el presupuesto del país de origen. En el año 2018, la riqueza familiar
que cada país posee en paraísos fiscales equivalía al 10% del producto interno
bruto (PIB) mundial (Alstadsaeter, et al., 2018); en el 2013, el 8% de la riqueza
financiera global de las familias se encontraba en los paraísos fiscales, cifras
que evidencia que la evasión fiscal es una practica lucratica y sistemica de las
grandes elietes que va en aumento, según datos de Zucman (2013).
De acuerdo con los datos de de la Comisión Económica para Amarica Latina
y el Caribe (CEPAL, 2022), la evasión fiscal le cuesta a América Latina el 6,1% del
PIB; datos estadisticos para Colombia, muestran que la evasión del impuesto de
renta a personas fisicas es del 0,7% del PIB; renta personas jurídicas 4% del PIB, IVA
3,6% del PIB (Vargas, 2022).
En Colombia, las prácticas evasivas han sido y son una constante
preocupación del gobierno y del legislador, al considerar que estos:
Tienen un impacto adverso en el sistema tributario colombiano, por cuanto implican
un menor recaudo fiscal, una mayor tasa impositiva para aquellos sectores que se en-
cuentran dentro de la formalidad, erosionan la base gravable y deslegitiman a nuestras
instituciones, y disminuyen la confianza de los contribuyentes en éstas (Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, 2018, p.29)
Desde la literatura económica, Azharul, et al. (2020), en sus estudios asocia-
ron la evasión con libertad económica y la moral cristiana. Para Ait Bihi Ouali
(2020) la evasión es un problema de ideologías políticas respecto a la redistribu-
ción del ingreso y se ve reflejado en las urnas. En Donovan, et al. (2019), afirman
que la evasión es utilizada como vehículo extraterritorial secreto para financiar
la corrupción, evadir impuestos y expropiar accionistas.
Dicho lo anterior, este artículo pretende dar una mirada reflexiva desde
supuestos ontológicos y epistémicos a la literatura que ilustra y define las
estructuras creadas para evadir el pago de los impuestos y evitar la acción
fiscalizadora del Estado, al igual que aquellas prácticas observadas, menos so-
fisticadas que se han normalizado y son utilizadas en la cotidianidad.
Este documento se desarrolla en cinco apartados. El primero es la introduc-
ción, el segundo, detalla la metodología utilizada; en el tercero, la revisión de
literatura enfocada a la conceptuación de la obligación tributaria, la evasión
fiscal, y paraísos fiscales; en el cuarto, se exponen los resultados reflexivos, y
finalmente, en el quinto apartado se dan a conocer las conclusiones y recomen-
daciones para futuras investigaciones.
II. Propuesta metodológica
El presente artículo de reflexión nace de una revisión documental minuciosa,
analizando con detenimiento fuentes académicas y literatura relacionada con el
43Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
tema bajo estudio. Los autores, han optado por una perspectiva cualitativa e
interpretativa, otorgando un enfoque más subjetivo y humanístico. La metodo-
logía que han empleado consiste en una inmersión profunda en los textos, reali-
zando un análisis reflexivo y meticuloso de cada fuente, lo que les ha permitido
entrelazar conexiones, identificar patrones y desentrañar significados ocultos.
Este análisis es enriquecido y contextualizado por las percepciones y expe-
riencias propias de los autores, lo que les ha permitido construir una interpreta-
ción detallada y matizada de la realidad percibida en el contexto de su estudio.
Por tanto, este artículo, como bien lo argumenta Ruiz Toro (2012), es producto
de la actuación cognitiva de los autores, fundamentado en los presupuestos
epistemológicos y ontológicos de un campo disciplinario específico. Si bien está
cargado de subjetividades, constituye un análisis ordenado y sistemático del
fenómeno estudiado, permitiendo construir proposiciones lógicas. En la Figura
1 se observa el paso a paso.
Revisión
documental
1
,1,
Análisis cualitativo f---+ inmersión en los ¡----. Identificación de
textos patrones
l
Interpretación de la Enriquecimiento del
realidad análisis
l
Contrucción de la
reflexión
Figura 1.Flujograma de la metodología
Fuente: elaboración propia.
III. Marco de referencia de la evasión fiscal
III.1. Obligación tributaria
La obligación tributaria es el vínculo jurídico entre el Estado —sujeto ac-
tivo— y el contribuyente —sujeto pasivo—. Se origina al realizarse los pre-
supuestos previstos en la ley que constituyen el hecho generador del tributo.
De allí se deriva el deber de pagar un tributo; su origen normativo y carácter
obligatorio la configura como un servicio público.
44La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
La potestad constitucional conferida al legislador hace que la ley de origen
a la obligación tributaria. Se desprende de ella el deber de dar stric-to sensu —
obligación sustancial— y de forma accesoria, coadyuvar como pieza clave en el
engranaje fiscalizador de la administración de los tributos —obligación formal—:
La obligación tributaria en general, desde el punto de vista jurídico, es una relación
jurídica ex – lege, en virtud de la cual una persona está obligada hacia el Estado u otra
entidad pública, al pago de una suma de dinero, en cuanto se verifique el presupuesto
de hecho determinado por la ley (Jarach, 1996, p. 73).
En el contexto de la obligación tributaria, el Estado, envestido de poder y
de forma coactiva, puede exigir el pago de los tributos, sin existir de por medio
una contraprestación proporcional al pago, como es el caso de los impuestos,
contribuciones y parafiscales.
En este orden de ideas, bien vale la pena reflexionar en cuanto a la obliga-
ción tributara en el contexto del orden social, descrito como una relación reci-
proca donde los ciudadanos pagan un impuesto y el Estado proporciona bienes
y servicios. Se condiciona, de alguna forma, el pago del tributo a la demanda
de servicios públicos (Besley, 2020) o una negoción (Brautigam, et al., 2008;
Schumpeter, 1954), donde “la confianza es un factor importante para generar
cooperación y normas de reciprocidad” (Tengs, 2020, p.11).
Rousseau (1985), en su texto célebre titulado el Contrato Social, escrito
en 1762, postula que el contrato social se centra en la tarea del Estado de
proporcionales bienes públicos; a su vez, los ciudadanos ceden voluntariamente
la libertad y pagan un tributo. Sukoharsonob y Mangoting (2015) entienden que
el sistema tributario en función del contrato social hace que el Estado cree
prosperidad desde la premisa de que el país adquiere el compromiso de pagar
tributos. Por su parte, Umar, et al. (2017), afirma que la obligación tributaria en
el contexto del contrato social es el costo de la gobernabilidad, y para Robinson
(2022) es el compromiso que adquiere el Estado de invertir los recursos
tributarios en bienes y servicios públicos.
Castañeda, et al. (2020) sostiene, que el contrato social se fractura cuando
el individuo reclama su libertad natural y se excluyen del sistema al considerar
que es optativo pertenecer a él, o en el momento que decide adquirir bienes y
servicios en el sector privado o percibe que el Estado lo engaña al faltar a sus
compromisos, porque es corrupto, ilegítimo e ineficiente al no administrar con
transparencia los recursos públicos, gastar en lo no debido, de tal forma que el
gobernante se considera un depredador del presupuesto.
Por el contrario, los free riders, son la otra cara en esta disertación. Se carac-
terizan por estar inmersos en el contrato social y beneficiarse del Estado protec-
tor al consumir bienes y servicios, pero desconocen la contrapartida del pacto al
resistirse o ignorar el pago de los tributos. La Figura 2 ilustra dicha situación.
45Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Figura 2. Los free riders y el contrato social
Fuente: elaboración propia.
III.2. Evasión tributaria
La palabra evasión etimológicamente procede del latín evasïo, que es la
acción y efecto de evadir o evadirse, evitar con astucia o artimaña alguna difi-
cultad prevista, escabullirse, escaparse, huir fugarse (Definiciona, s.f.). La Real
Academia Española (RAE, s.f.), define la evasión fiscal como: “incumplimiento
culpable de la obligación tributaria válidamente surgida por la realización del
hecho imponible” (párr. 1).
La evasión fiscal es una problemática internacional que corroe las finanzas
públicas y preocupa a las administraciones tributarias de todos los países. Para
Villegas, et al. (1993), la evasión fiscal es la eliminación o disminución de los
tributos con prácticas fraudulentas. Ávila (2018), afirma que existe evasión
fiscal cuando las personas que están obligadas a tributar dejan de pagar una
parte o todo el tributo y obtienen beneficios que no les corresponden con
trampa. Desde la posición de Santander (2011), la evasión fiscal es un fenómeno
cultural, político y social que motiva al contribuyente a evadir sus obligaciones
tributarias y así afecta el presupuesto nacional de tal forma que se mantiene al
margen del contrato social.
La idiosincrasia del evasor le hace actuar en la medida que sus cálculos
le permiten analizar que las sanciones y demás multas son inferiores al
beneficio que obtiene de una práctica ilícita. El riesgo bajo control y la baja
probabilidad de ser detectado en función de la debilidad que evidencias los
sistemas de fiscalización.
Quien evade intencional y dolosamente el pago de los tributos encuentra
en la evasión fiscal un mecanismo que le permite el máximo ahorro fiscal que
maximiza su riqueza. De esta forma, evita el sacrificio económico al despren-
derse de parte de su fortuna para financiar el Estado, aun cuando su ideología
46La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
política le impide comprender que en un país democrático se rige por el orden
social y es un deber ciudadano financiar al Estado para que promueva la pros-
peridad general a todos sus habitantes sin excepciones, desde los preceptos
constitucionales de justicia, equidad e igualdad.
Ahora bien, la evasión fiscal no solo es una acción que permite acumular y
concentrar riqueza. Deben considerar otras aristas que inciden en esta práctica
y en algunos casos, como lo menciona afirma Chiarini, et al. (2022), la evasión
es un mecanismo de autofinanciamiento y sobrevivencia frente al alto costo del
cumplimiento de la ley, la informalidad, el contrabando, la competencia desleal.
De igual forma, el bajo retorno social a causa de la corrupción que desmotiva
el pago de los impuestos en donde: “El Estado se percibe como una organiza-
ción criminal y perversa; y el impuesto como la más clara expresión de un delito
continuado y encubierto tras normas y principios que concurren para el daño
irreversible que ocasionan a la sociedad” (Plazas, 2018, p. 24).
Desde lo sociológico, el contribuyente asume que el sacrificio económico
está asociado a unos beneficios: infraestructura, educación con calidad, ser-
vicios de salud eficientes y oportunos, seguridad, justicia. Si el contribuyente
no percibe este tipo de beneficios se cohíbe de pagar y se aísla del contrato
social y o simplemente engrosa la lista de los free riders y genera desequilibrios
fiscales. En este contexto, los índices de evasión tienen relación directa con los
índices de confianza, legitimidad, gobernanza, transparencia. Evadir impuestos
puede ser una vía de hecho para protestar contra el Estado y sus gobernantes.
“Sin un beneficio percibido no hay razón para que un actor racional siquiera
considere asumir los costos de los impuestos” (Levi, 1988, p. 56).
Cabe señar que el legislador es consciente de las distorsiones que genera la
evasión al sistema tributario, y se ha propuesto luchar contra la evasión. Así se
denota en la exposición que motiva los textos normativos de las últimas refor-
mas en Colombia:
Exposición de motivos ley 1819 de 2016 señala que la evasión afecta la
equidad horizontal, dado que al comparar contribuyentes con igual de pago, se
tiene que quienes cumplen con el pago de los impuestos pagan más que quienes
evaden. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2016)
Exposición de motivos ley 1943 de 2018: “erosionan la base gravable y desle-
gitiman a nuestras instituciones, y disminuyen la confianza de los contribuyen-
tes en éstas”. Ministerio de Hacienda y Crédito Público (2018, p.49)
Exposición de motivos Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social
(2022), “No hay justicia social cuando esto ocurre, y menos cuando simultánea-
mente existen privilegios, gabelas tributarias injustificadas y mecanismos que
facilitan la evasión y la elusión de las obligaciones fiscales”. Ministerio de Ha-
cienda y Crédito Público (2022, p.3).
47Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Sin embargo, contrasta las buenas intenciones del legislativo el informe de la
comisión de expertos al afirmar:
La gran cantidad de exclusiones, exenciones y tarifas reducidas también incrementan
la complejidad del régimen tributario, generando oportunidades evasión para aquellos
que pueden explotar las lagunas fiscales e incrementando los costos de la DIAN en
materia de administración tributaria y cumplimiento. (OCDE, DIAN, Miministerio de
hacienda, 2021, p. 95).
En este sentido, el efecto rebote de la evasión es la concentración de riqueza
y la desigualdad; por tanto, los altos índices de desigual pueden atribuirse a los
altos índices de evasión. Al no pagar impuestos, los ricos incrementan y concen-
tran su riqueza en un reducido y selecto grupo de personas. Para Alstadsaeter,
et al.,(2018), la evasión de impuestos directos e indirectos se concentra en los
ricos, de tal forma que la concentración de riqueza es un indicador que mide la
desigualdad, la efectividad o no de las politicas de redistribución y los efectos
de la intervención del gobierno en la economia. Menkhoff y Miethe (2019) ase-
guran que evadir reduce la tributación efectiva de los ricos, hace que el sistema
tributario pierda ligitimidad y erosione la progesividad. Según el CAF, CEPAL y
la OCDE (2018), mencionan que:
La evasión fiscal socava la capacidad del Estado para proporcionar bienes y servicios
públicos de calidad de manera efectiva. Esto, a su vez, tiene un impacto negativo en la
vida de los ciudadanos, como lo demuestra el deterioro de los indicadores de bienestar
en los últimos años, y corre el riesgo de perpetuar una espiral negativa (p. 20).
En este sentido, las afectaciones de orden económico y social asociadas a la
evasión podrá afirmarse que los tributos son un bien jurídico y evitar su pago
de cualquier forma estaria en la configuración de un delito. “[…] La evasión
fiscal en materia de rentas provenientes de monopolios rentísticos será sancio-
nada penalmente en los términos que establezca la ley” (Constitución Política
de Colombia., Art. 336).
III.3. Paraísos fiscales
Los paraísos fiscales han sido objeto de diversas definiciones. Chavagneux y
Palam (2007) los conceptualizan como jurisdicciones donde individuos acauda-
lados, empresas o residentes extranjeros sitúan sus fondos con el fin de eludir
las obligaciones tributarias en sus países de origen. Martín (2010) extiende esta
definición, vinculando frecuentemente estos entornos con la práctica de eva-
sión fiscal a nivel internacional, un proceso facilitado por un marco de secreto
y confidencialidad que beneficia a entidades corporativas y personas físicas de
elevados ingresos.
En una línea similar, Beckett (2023) identifica los paraísos fiscales como
jurisdicciones caracterizadas por ofrecer tasas impositivas reducidas o inexis-
tentes, junto con altos niveles de privacidad y protección de activos. Resalta
48La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
la presencia de legislaciones que favorecen la confidencialidad financiera y la
planificación fiscal para entidades y personas extranjeras.
Complementariamente, Lewellen (2023) describe los paraísos fiscales como
jurisdicciones que, además de presentar bajos o nulos impuestos y una mayor
privacidad financiera, son elegidas por empresas que, si bien están registradas
en dichas jurisdicciones, llevan a cabo sus operaciones principales en países con
sistemas fiscales más estrictos.
Es indiscutible que la evasión fiscal se fortalece cuando logra migrar a pa-
raísos fiscales y esconder la riqueza producto del ilícito. García y Mandel (2022)
afirman que los paraísos fiscales son redes organizadas jerárquicamente, sólidas,
bien estructuradas y blindadas contra de los organismos internacionales que
las persiguen; no permiten que los capitales puedan rastrearse en su origen y
destino. Esteller-Moré, et al (2018) admite que los paraísos fiscales permiten
al extranjero minimizar o eludir los impuestos, Por su parte, la ONG Oxfam
Intermón los ha definido como “jurisdicciones o territorios que han adoptado
intencionadamente marcos fiscales y legales que permiten a los no residentes
personas físicas o jurídicas reducir al mínimo el importe de impuestos que deben
pagar donde realizan una actividad económica sustancial” (Merino, 2021, p. 1).
Figura 3. Paraísos fiscales en el mundo
Fuente: Merino (2021).
49Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
A partir de lo expuesto, los evasores pueden hacer uso de “una industria que
vende servicios de ocultamiento de riqueza y esta industria se dirige principal-
mente a clientes muy ricos” (Alstadsaeter, et al., 2018 p. 2099). De esta manera,
se evita el pago de los tributos; se controla y disminuye el riesgo de ser descu-
biertos y así de apoderan fraudulentamente de los recursos del Estado. En la
Figura 3 se presentan los territorios con paraísos fiscales a nivel mundial.
IV. Reflexiones
En esta sección, se presentan los resultados de la revisión de literatura en
forma de reflexión. Se discuten temas como las estrategias de evasión fiscal, las
estructuras utilizadas para la evasión de impuestos y las acciones que se están
tomando para debilitar estas estructuras evasivas.
La literatura abordada permite afirmar que, de acuerdo con el nivel de
riqueza, el dinero que se desea ahorrar o evadir, el costo beneficio, la valora-
ción del riesgo, la posibilidad de ser detectado y otras motivaciones de orden
moral, político, social y económico, han estimulado el diseño de prácticas bien
estructuradas para evadir impuestos y defraudar al Estado. En la Figura 4 se
presentan cuatro estrategias y sus beneficios en jurisdicciones diferentes.
Figura 4. Algunas estrategias de evasión fiscal y sus beneficios a través de subsidiarias
Fuente: elaboración propia.
En la medida que se detectan y se legisla para contrarrestarlas se crean y
se fortalecen estructuras cada vez más sofisticas y de alcance trasnacional. A
continuación, se detallan algunas estructuras utilizadas por personas físicas y
jurídicas, como vehículos para evadir impuestos:
50La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
Enclaves fiscales no regulados
Son áreas geográficas o espacios específicos dentro de una jurisdicción en
los que se llevan a cabo actividades comerciales y transacciones económicas al
margen de las normas y regulaciones legales establecidas. Estos enclaves se ca-
racterizan por su autonomía en términos fiscales, ya que establecen sus propias
normas y condiciones para las transacciones económicas, con el propósito de
evadir impuestos y eludir la intervención de las autoridades tributarias.
Nómadas fiscales
Se refiere a individuos que evitan establecer una residencia fiscal permanen-
te en un solo país, optando por vivir y trabajar en diferentes lugares sin cumplir
con las obligaciones tributarias propias de cada país. Buscan aprovechar las
ventajas fiscales de múltiples jurisdicciones y minimizar su carga impositiva a
través de la movilidad geográfica y el uso estratégico de estrategias fiscales,
como la elusión de la residencia fiscal y la división de ingresos.
Tráfico del Registro Único Tributario, RUT
Compras ficticias a personas no declarantes no contribuyentes del impuesto
de renta y no responsables de IVA, en algunos casos el evasor, se encarga de
diligenciar la solicitud del Registro Único Tributario (RUT), pagar la seguridad
social y finalmente, utilizar el costo o gasto ficticio como una deducción en ren-
ta. Al generar mayores utilidades no gravadas utilizan estrategias para sacarlas
de país sin ser evidenciados.
Software de doble uso (Phantomware y Zipper)
Son software sin restricciones que permiten ocultar, destruir, anular facturas
pagas en efectivo, escondiendo cualquier rastro, el evasor hace creer al consu-
midor que el impuesto fue generado, pero al final de la jornada borra el dato,
de esta forma se cobra el IVA al sujeto pasivo económico, pero no se declara;
en cuanto a la contable permite crear una contabilidad ficticia visible para las
autoridades, el phantomware permite ocultar la información real accediendo a
ella a través de claves que solo conoce el evasor.
Empresas offshore
Las estructuras Offshore (ubicación por fuera del territorio nacional en tierra
o agua), se crean en un país diferente al origen donde se desarrolla la actividad
económica (preferiblemente en paraísos fiscales). Pueden ser legales, pero cuan-
do son opacas se utilizan para evitar el pago de impuestos. Se caracterizan por
realizar comercio electrónico, pagar muy pocos impuestos, no generan gastos
excesivos de organización ni administrativos (pero eficientes en su organiza-
ción, administración); no rinden cuentas a ninguna entidad estatal (opacidad
en la información) ni a sus dueños, confidencialidad absoluta, secreto bancario;
51Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
realizan operaciones en bolsa, poseen y transfieren bienes entre otras. La OCDE
(2019) les ha dado la connotación de opaca a una Offshore por no permitir
identificar a sus socios o acciones (beneficiario final) y, en algunos casos, son
creadas de forma ficticia para triangular beneficios, “un mecanismo atractivo
para ocultar, transferir y utilizar dinero u otros activos obtenidos ilícitamente”
(Atkinson, 2021, p. 3).
Doble facturación y contabilidad
La doble facturación y contabilidad es una práctica empleada para evadir,
utilizada con frecuencia por los contribuyentes responsables de Impuesto
de Valor Agregado, IVA, y de renta. Consiste en utilizar datos diferentes en la
elaboración de las declaraciones tributarias (contabilidad oficial) y los informes
que revelan realidad financiera de la empresa (contabilidad paralela). En estos
establecimientos, por lo general, es el cliente quien, de acuerdo con su conve-
niencia, paga o no el IVA (pregunta: con IVA o sin IVA) y generan documentos
alternos o pre-facturas y se roban el valor correspondiente al IVA. Al cierre con-
table y fiscal no coinciden el inventario, efectivo, cuentas por cobrar o pagar.
Compra y venta de IVA
Algunas empresas (reales o ficticias) venden productos o servicios exentos
(no incurren en IVA generado); otras, por la coyuntura del mercado, el IVA es
inferior al IVA descontable, que da como resultado al final del periodo créditos
fiscales. Para evitar el complejo proceso de solicitar saldos o ser sujetos de fis-
calización evitan solicitar a la administración tributaria, saldos a favor y optan
por facturar ingresos gravados ficticios a otra empresa que no compra ni bie-
nes ni los servicios. Adquiere el IVA para finalmente descontarlo del generado.
Paralela a esta práctica, otros contribuyentes utilizan a familiares y amigos no
responsables a comprar en nombre de X o Y empresa y así recolectar facturas y
hacer uso del IVA descontable (reciclaje de facturas).
Empresas ficticias, interpuesta, instrumental o pantalla
Son empresas que de acuerdo con el fin para el cual se crean, pueden cons-
tituirse legalmente, pero no tienen presencia física; fingen una situación legal
en apariencia, no se evidencia el desarrollo de su objeto social ni su actividad
generadora de renta; no tiene cifras en sus estados financieros al cierre del
periodo; se utilizan de manera fraudulenta para evadir o eludir impuestos, blan-
quear capitales o lavar dinero, producto de actividad ilícitas como contrabando,
narcotráfico, corrupción. “Una empresa constituida artificialmente, específica-
mente para la elusión y evasión de impuestos” (LLobera, 2022, p.13). En algunos
casos, se utilizan para distribuir dividendos; estos recursos destruyen valor al
ser utilizados en consumo suntuoso.
52La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
Disfrazar utilidades por salarios
Se considera una estrategia de planeación agresiva asociada al costo be-
neficio. Se calcula el impuesto a pagar si se reparte dividendos (doble tribu-
tación) o, si, por el contrario, se contrata por honorario o servicios al socio o
accionistas. En este caso se omite el pago a retención en la fuente y seguridad
social; se logra doble beneficio, para la empresa una deducción deducible en
renta, para el socio, accionista o aliado salario quizás con tasa impositiva mu-
cho menor.
Zonas francas o puertos libres
Las zonas francas fueron creadas para incentivar las exportaciones de tal
forma que se equilibre la balanza de pago; también permiten importar mercan-
cías libres de derechos de importación. Se ha observado que en algunas zonas
francas se transforma la materia prima en producto terminado y se comercia-
liza de forma doméstica en el territorio aduanero nacional, de manera que las
utilidades se graban a una tasa inferior que en el resto del país. Así se utiliza
la zona franca para evadir la tarifa plena del impuesto de renta. Al no causar
tributos aduaneros son utilizadas para comprar activos intangibles o suntuosos
y servir de depósito aduanero con fines de ocultamiento y posteriormente
triangular con una empresa offshore, toda vez que el abuso de los beneficios
en las zonas francas, como lo menciona Gilmour (2022), oscurece la titularidad
real y frustra los esfuerzos de las administraciones tributaria para rastrear las
practicas evasivas.
Exportaciones ficticias
La venta de bienes y servicio al exterior goza de la excepción del impuesto
al valor agregado IVA. Su tarifa es cero, con la posibilidad de reclamar como IVA
descontable el pagado en compras. Simular exportaciones con la finalidad de
acceder a los beneficios contemplados en la norma para este caso, es una forma
de estafar al Estado. Rodríguez (2019), describe el modus operandi de este deli-
to. Inicialmente se simula la compra de bienes y servicios; con ellos se tramita la
Declaración Especial de Exportación (DEX), donde se acredita la operación que
la genera y se detalla los tercereos involucrados, facturas de compras, conoci-
miento de embarque, documentos que inducen a la administración tributaria a
expedir un acto administrativo que reconoce la devolución. Esta forma de ope-
rar encuadra de forma perfecta en un estafa al erario, en cuanto se hizo uso de
documentos públicos falsos (DEX). Con base en ellos se indudujo a cometer un
error a la autoridad para actuar contrario a la ley.
53Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Ida y vuelta de capitales
Es el round trip de dinero, sale del país de domicilio hacia un país de baja o
nula tributación (ejemplo: empresa offshore en Delaware) y regresa al país de
origen con la figura de capital extranjero y los beneficios tributarios que ello
conlleva Kemme, et al. (2017). Contrario a lo que se cree, la inversión extranjera
podría ser un vehículo de evasión. Tal situación se muestra en la Figura 5.
Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero – junio de 2024
Figura 5. Ida y vuelta de capitales
Fuente: elaboración propia.
Nota: Los fondos de una empresa en un país de alta tributación son transferidos a una entidad en una
jurisdicción de baja tributación. Luego, estos fondos son devueltos al país original como inversión extranjera,
aprovechando los beneficios fiscales y la estabilidad jurídica proporcionada por este tipo de inversión.
Precios de transferencias
El transfer pricing, consiste en manipular los precios de transferencias al
crear estructuras de costos de acuerdo con la tasa impositiva en renta, si un
país grava significativamente las ganancias los costos serán altos, situación
inversa en países de baja o nula tributación. Paralela a esta práctica, algunos
inversionistas manipulan los beneficios contemplados en los tratados de doble
tributación. Mediante artimañas evitan el pago de los tributos en los países
tratantes. Les hacen creer que el tributo se pagó en uno de ellos sin haberse
efectuado. Bhat (2009) afirma categóricamente que los precios de transparencia
brindan una fachada de legalidad para trasladar ganancias a un país de baja o
nula tributación; generalmente son paraísos fiscales de lo contrario no sería
interesante transar entre jurisdicciones similares.
54La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
Abuso de la norma
El abuso de la norma tributaria y utilizar sus vacíos e interpretarlos al margen
de la intencionalidad del legislador, con el fin de alcanzar un mayor ahorro fiscal,
podría considerarse una práctica evasiva, en la medida que permite evidenciar en
el denuncio rentístico pérdidas fiscales, utilidades mínimas o cero y en los estados
de la situación financiera ganancias y utilidades (Katarzyna, 2018); hacer uso de
costos, gastos sin existir relación de necesidad, causalidad y proporcionalidad
reduce la renta liquida gravable base de tasación del impuesto; la utilización
indebida de aminoraciones fiscales como los ingresos no constitutivos de renta ni
ganancia ocasional, las deducciones, las rentas exenta y los descuentos tributos, es
un abuso de la norma en beneficio de interese particulares.
Otras estructuras
El intercambio de los costos de financiación de los pasivos al tomar prestado
dinero de una empresa fachada ubicada en un país de baja tributación, donde para
la Empresa 1 —ubicada en un país de alta tasa impositiva— es un gasto deducible
en renta y para la Empresa 2 —ubicada en un país de baja o nula tasa impositiva—
son ingresos por intereses a una tasa impositiva mínima (Katarzyna, 2018).
La explotación o usufructo de activos intangibles, propiedad de la empresa
ubicada en el país de baja tributación. Para la Empresa 1 —tasa de tributación
alta— es deducible en renta; para empresa 2 —tasa de tributación baja— in-
gresos por regalías a una tarifa reducida, Katarzyna (2018).
La OCDE (2021), identificó otras prácticas ofertadas por toda una industria
creada con el fin de ofrecer servicios especializados de evasión y fraude fiscal,
operada por facilitadores profesionales: las estructuras corporativas con
apariencia de legalidad, los fidecomisos extranjeros para ocultar la titularidad
real de activos con zonas grises de la ley en diferentes jurisdicciones; el
fraude de empresas Phoenix, la separación de estrategias cum ex y los activos
virtuales. En la Figura 6 se ilustra la forma como empresas en diferentes países
logran erosionar la base imponible o gravable.
55Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Figura 6. Erosión de la base imponible
Fuente: elaboración propia.
Nota: la Empresa A, situada en una jurisdicción de alta tributación, dirige sus ganancias a la Empresa B,
una entidad offshore situada en una jurisdicción con bajos impuestos. Esta transferencia podría estar
encubierta como un pago por servicios prestados. Posteriormente, la Empresa B entra en negociaciones
con la Empresa C, que podría encontrarse en otra jurisdicción de baja tributación. En este proceso, se
transfieren considerables sumas de capital, posiblemente bajo el disfraz de una inversión o el pago de
licencias de propiedad intelectual. Finalmente, este capital es retornado a la Empresa A, potencialmente
bajo la forma de un préstamo, tomando como deducible los intereses financieros.
Para complementar la reflexión alrededor de las prácticas de evasión fiscal,
se presentan en la Tabla 1 una serie de estrategias e instrumentos para contra-
rrestar y debilitar las estructuras de evasión, lo que conlleva al incremento de la
eficiencia del Estado en la administración de los recursos.
Tabla 1. Acciones encaminadas a debilitar las estructuras evasivas
Estructura de evasión Instrumento para contrarrestar
Nómadas fiscales
Acuerdos de intercambio de información tributaria TIEAS
Ley de cumplimientos fiscal de cuentas en el extranjero FATCA
Acuerdos multilaterales para el intercambio automático de información CRS
Establecer criterios claro de residencia fiscal acorde con los nuevos contextos.
Armonización de las legislaciones fiscales
Impuesto mínimo global
56La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
Estructura de evasión Instrumento para contrarrestar
Enclaves fiscales no
regulados
Ejercer soberanía a través de los mecanismos legales.
Ejercicio eficiente y transparente de la acción fiscalizadora
Programas de educación y concientización
Incentivos para denunciar hechos de corrupción que amparan la evasión y la
ausencia de la autoridad tributaria
Flat tax (régimen simple de tributación)
Doble facturación y
contabilidad
Factura electrónica requisito formal para la procedencia de deducciones (costos
y gastos)
Comparación patrimonial
Rastreo de las consignaciones bancarias
Compra y venta de IVA
Rut, documento que permite rastrear si existe relación de causalidad, necesidad
y proporcionalidad con la actividad generadora de renta.
Topes en compras que se asocian a la capacidad de generación de ingresos.
Bancarización
Trafico del registro
único tributario RUT
Normas antiabuso (abuso de las áreas grises de la ley)
Obligación de presentar declaración de renta de los terceros
Reducir las UVT que obligan a declarar renta por los conceptos de compras y
consignaciones.
La fiscalización que ejerce la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP)
Software de doble
uso (Phantomware y
Zipper)
Facturación electrónica
Sistema POS electrónico o no valido como soporte de compras.
Documentos electrónicos para los no obligados a facturar
La bancarización
Empresas offshore /
empresas fantasmas
Legislación interna que da tratamiento de residente fiscal a quienes se domicilian
en los paraísos fiscales.
Normalización tributaria
Censurar los facilitadores profesionales (definición OCDE, 2021)
Acuerdos trasnacionales de cooperación
Remover el velo corporativo
Common Reporting Standard (CRS)
Sanción moral que repercute en el Good Will
Disfrazar utilidades por
salarios
Nomina electrónica
Código de buen gobierno
Control de la UGPP
Abuso de la norma
Normas de subcapitalización o de capitalización delegada
Limitación a pagos de regalías
Sancionar los juegos artificiosos
Identificar el beneficiario efectivo
Desconocer los efectos legales de actos o negocio jurídicos artificiosos.
Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos
Revelar a la autoridad tributaria los mecanismos de planeación agresiva
57Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
Estructura de evasión Instrumento para contrarrestar
Precios de
transferencias
Límites de beneficios fiscales entre vinculados económicos
Normas de transparencia fiscal internacional TFI
Reglas y Controles a Compañías Extranjeras CFC
Control a las transacciones de commodities
Clausula limitación de beneficios LOB
Normas de revelación obligatorias
Fuente: elaboración propia.
Las estructuras diseñadas para no pagar impuestos existen porque “los ser-
vicios de encubrimiento y las estructuras opacas en algunas jurisdicciones han
desempeñado un papel fundamental en facilitar la evasión fiscal” (Esteller-Moré,
et al., 2018, p. 7) desde la mirada cómplice u omisa de los gobiernos. El doble
discurso y la doble moral se transparentan en la sociedad: Los mismos que
promueven los Objetivos de Desarrollo Sostenible alzan su voz en contra de la
desigualdad, la concentración de riqueza y demás efectos de la evasión, son los
mismos que consumen los servicios ofertados por los facilitadores profesionales
para evadir.
Castigar la evasión es una acción soberana en ejercicio del poder, cuando
el poder se debilita —perdiendo el monopolio de los tributos— y se desplaza
hacia las elites que hoy cogobiernan y constituyen el cuarto poder, terminan
siendo ellos quienes manipulan al legislador y redactan las leyes para corromper
a las autoridades; así impiden ser evidenciados y sancionados. Un ejemplo de
ello en el mundo es el banco HSBC, Credit Suisse. y en Colombia los escándalos
de Interbolsa, SaludCoop, los carruseles de la contratación, donde los delitos
por evasión fiscal no han sido judicializados.
V. Conclusiones y recomendaciones
Los altos índices de evasión fiscal y tributaria profundizan los niveles de
desigualdad, defraudan y desfinancian al Estado, limitando su capacidad para
proveer bienes y servicios públicos. A mayor índice de desigualdad, mayor es
el índice de concentración de riqueza. Este artículo evidencia que las estruc-
turas altamente sofisticadas y trasnacionales utilizadas para evadir impuestos
han sido creadas para satisfacer los intereses particulares de los más ricos y po-
derosos, y no sucumben fácilmente a cualquier intento de desarticulación. “La
probabilidad de ocultar activos en el extranjero aumenta de forma pronunciada
y significativa con la riqueza” (Alstadsaeter, et al., 2018, p. 2074).
Son varias las intencionalidades que inciden o motivan el no pago de los tri-
butos a pesar de tener la obligación constitucional de hacerlo. Para algunos, el
objetivo principal es incrementar y concentrar su riqueza, financiarse a sí mis-
mos, mantener flujos de liquidez, protegerse de los efectos de la informalidad y
el contrabando, o defraudar al Estado. Otros, en cambio, no perciben un retorno
58La evasión fiscal y la eficiencia del Estado: reflexiones en torno al caso colombiano
Cabrera, R., Aguirre, A., Montoya, B., & Álvarez, E.
social suficiente de sus impuestos y consideran que el gobierno y el sistema son
ilegítimos debido a altos índices de corrupción. Esto lleva a tomar la decisión de
marginarse del contrato social y rechazar la obligación de contribuir.
Las reformas tributarias que incluyen exenciones, tratamientos preferenciales
y normalización tributaria pueden ser instrumentos fiscales disfrazados para
legalizar prácticas evasivas o inducir al contribuyente a planear agresivamente.
En el caso de las amnistías, se tergiversa el mensaje enviado por el legislador en
la media que deja la sensación que asumir conductas honestas y responsables es
más costoso que si no lo hiciera. No declarar, en términos de oportunidad legal,
genera un trato preferencial respecto a los contribuyentes responsables. “Los
gastos tributarios pueden abrir oportunidades de evasión o elusión tributaria, y
pueden reducir la equidad horizontal y vertical” (OCDE, et al., 2021, p. 52). Dado
lo anterior el impuesto complementario de normalización tributaria creado por la
ley 1739 del 2014, legalizó acciones evasivas dolosas o no sin sanción alguna. En
este contexto posterior a las revelaciones de los Papeles de Panamá, este tributo
fue utilizado como amnistía para restarle trascendencia penal al escándalo.
Un trato preferencial a las inversiones extranjeras con la premisa que genera
empleo, desarrollo y crecimiento económico, puede incentivar la evasión, toda
vez que una forma de beneficiarse de una tasa impositiva más baja y alcanzar
mayor ahorro fiscal se da, cuando el dinero sale del país sin pagar impuestos
hacia un paraíso fiscal y regresa a su lugar de origen como inversión de capital.
Contrarrestar la evasión implica adentrarse en la mentalidad del evasor;
conocer cómo piensa, como actúa, según García y Mandel (2022) “requiere una
comprensión detallada de la circulación de la riqueza fiscal evadida” (p.2). En este
sentido, no se puede desconocer que el legislador colombiano ha implementado
diversos mecanismos para contrarrestar la evasión y el abuso de la norma. Tal es
el caso de subcapitalización, transacciones entre vinculados económicos, identi-
ficación del beneficiario final, tecnologías fiscales 4.0, inteligencia artificial, Big
Data, minería de datos, que juegan un papel determinante en ubicar al evasor y
desnudar sus estrategias. En el plano internacional, la OCDE (2021) ha desarro-
llado un mecanismo de lucha trasnacional contra la evasión y elusión, el Common
Reporting Standard (CRS), donde insta a todas las jurisdicciones a intercambiar
información financiera y reportar las estructuras Offshore Opacas.
Se recomienda en próximas investigaciones abordar el diagnóstico de la eva-
sión fiscal en Colombia y la identificación de los tipos de impuestos y regímenes
se presenta mayor evasión, adicionalmente, futuras investigaciones deberán dar
cuenta si los mecanismos electrónicos de lucha contra la evasión y la coopera-
ción internacional son efectivos.
Adicionalmente, frente a la moral tributaria y el perfil del evasor es importante
desarrollar estudios que caractericen el comportamiento del individuo frente a
los incentivos económicos, legales y de otro tipo que desestimulen la práctica
59Contaduría Universidad de Antioquia – No. 84. Medellín, enero-junio de 2024
sistemática de la evasión de impuestos en Colombia; como también el costo social
de la evasión de los impuestos derivado del uso de los paraísos fiscales.
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