Cristian Zapata Chavarría1
1 Director-editor
Cambios en la dirección de esta revista motivaron una para inusual. Pero la misma fue también oportunidad para acumular mayores impulsos a la vuelta. Sería injusto creernos Adán y hablar de relanzamientos falsos, ignorando el camino que se ha sabido abrir esta publicación y el perfil que claramente ha dibujado su pasado, ya no tan reciente. El primer escollo de toda publicación como esta, el neonatismo, ya se encuentra para nosotros más que superado.
En lo que sí se aprovecharon estos meses de silencio, fue en trabajar para presentar en este reciente número el más robusto material que se haya publicado en entregas anteriores.
Ahora presentamos ocho artículos de primera calidad e interés, y se inauguran dos secciones nuevas. Para empezar por lo último, desde este número se inicia la sesión de Reseñas, para comentar obras de interés académico desde lo jurídico y lo político, y para motivar a la discusión que evite que las publicaciones se vuelvan lápidas olvidadas. Sartre decía que un escrito nunca nace como objeto para el mundo, hasta tanto alguien más que su autor no se anime a leerlo. Ese es uno de los mayores problemas actuales de las publicaciones académicas, su falta de público lector. Para muchos, son sitios de interés para publicar lo propio, no para consultar lo ajeno. Nos aproximamos más a la estantería de una librería, donde se quiere exhibir lo hecho, que a la mesa de una biblioteca donde el lector curioso y caprichoso llega por casualidad a un artículo interesante.
Por ello queremos fomentar las discusiones en tinta, los buenos choques de argumentos a través de escribir sobre escritos. Que lo publicado sea invitación más a dialogar que a pontificar. La reseña incluida en este número, nos la proporciona Edwin Cruz, comentando la última obra de Iván Darío Ávila Gaitán, nada menos que acercando a la ciencia política -al concepto de soberanía, para más datos- esa relación entre lo humano y lo animal, mostrando la reducida idea de prójimo que aún maneja cierto rezago de las ciencias sociales, y tratando como patología social lo que hoy día se denomina el especismo, con las mismas desafortunadas consecuencias que antes se censuraran sólo para colonialismo o el racismo –entre meros humanos-.
La siguiente nueva sección, tiene que ver con nuevas formas de material documental, para aprovechar las ventajas de ser publicación digital. En adelante cada número vendrá con la grabación en video de entrevistas realizadas a autoridades sobre temas jurídicos y políticos. Para empezar, este número contiene la entrevista realizada al profesor español Manuel Rebollo Puig, de la Universidad de Córdoba. Uno de los decanos del ahora llamado Derecho Administrativo Sancionador. Con una prolífica obra sobre el tema, nos muestra en esta ocasión sus reflexiones sobre las facultades de la administración para sancionar al ciudadano, en reemplazo de los tradicionales jueces, y cómo queda el Estado de derecho ante este fenómeno, junto con la inclusión del modelo colombiano a esa tendencia, y los desajustes que conserva su sistema, sobre todo en el derecho disciplinario.
De otro lado, la primera serie de artículos de este número, son análisis ingeniosos desde la ciencia política, de temas coyunturales. Carmen Elena Romero echa mano de la llamada ética aplicada, como el elemento primero a ser conjugado con las ahora tan sonadas políticas públicas, y termina por dar la relevancia merecida aunque todavía no completa, a la obra Algo va mal; el casi testamento literario de Tony Judt. David Sierra, en otro artículo, se lanza en un aguerrido choque contra nada menos que la distinguida Marina Gascón, tratando de mostrar las falencias en su manejo jurídico del concepto de la objeción de conciencia, y haciendo un paneo nada ligero del desarrollo que ha tenido este elemento aquí en Colombia. Así mismo, esta primera tanda de artículos la cierra Cruz García Lirios, profesor internacional que ya anteriormente nos había hecho aportes, esta vez con un análisis sobre el inagotable tema de los medios de comunicación, y cómo este, manida, pero contundentemente llamado cuarto poder, crea percepciones que se imponen como realidades en el colectivo, las cuales a la postre pueden cooptar la agenda de seguridad en un sistema jurídico y político.
Para resaltar también, la colaboración que desde Cuba nos manda el profesor de la Universidad de La Habana, Reinaldo Rodríguez Aguilar. Representante de un modelo jurídico tan próximo como extraño para nosotros, en donde cuando menos se revalúan algunas aptitudes de derechos que aquí asumimos a veces tan bien fijados y ahistóricos. En su artículo, se va a desbaratar el castillo de uno de los pioneros en el tema de los derechos de propiedad. Nada menos que John Locke, es sometido a la lente del escepticismo, y mediante un juicioso ejercicio de lectura crítica, nos muestra cómo allí mismo, en su obra, pudo surgir la confusión entre los derechos de libertad y los derechos de propiedad, que arrastró consigo todo el liberalismo venidero, dado que Locke se limitó a hablar como propietario cuando enunciaba los derechos subjetivos de autonomía y libertad.
Para terminar, aterrizamos con una tanda de artículos sobre temas estrictamente jurídicos, de gran vigor teórico. Linsneider Hinestrosa y Audrey Karina Mena, se vuelcan a analizar el fenómeno de la minería en el Chocó, y la experiencia de su regulación desde los nacientes delitos ambientales y la ley sancionatoria ambiental. Sin duda uno de los mejores trabajos publicados aquí, con hallazgos sesudos que desnudan, una vez más, a un país que en estos temas tiene más legislación que realidad. De otro lado, la profesora Ana Victoria Vásquez realiza en su escrito publicado aquí un estudio minucioso de la figura de la gobernanza, embrionaria en nuestro contexto. Y la vislumbra como una valiosa herramienta como método de creación de ciertas autonomías de los gobiernos locales, que dinamicen y combatan el enmarañado modelo tecnocrático de los estados modernos; por ello se enfoca en contar la experiencia de algunos de los sistemas jurídicos europeos. Finalmente, Jorge E. Barajas nos muestra un estudio a conciencia de la figura de la jurisprudencia constitucional, y basado en recientes sentencias de nuestra Corte Constitucional, trata de delimitar la relevancia de dicha clase específica de jurisprudencia, que la aparta y resalta del mero precedente judicial y la incluye con resaltos dentro del modelo, harto discutido, de nuestras fuentes de derecho.
Un número bastante robusto, como se advirtió al principio. Quizás para compensar el largo silencio, pero también con el reto mantener este mismo nivel de calidad y cantidad en las publicaciones venideras.