Ley de Convivencia Escolar en Colombia: una política pública no legitimada
Palabras clave:
Legitimidad, Convivencia Escolar, Perspectiva de Género y Diversidad.Resumen
El tema de legitimidad cuenta con un amplio recorrido histórico, a lo largo del cual ha sido objeto de múltiples matices en lo concerniente al sentido que debe serle atribuido; no obstante, su papel en el diseño y puesta en práctica de uno de los componentes formales de la Política Pública de Convivencia Escolar en Colombia, a saber, la Ley 1620 de 2013, es innegable, tal como lo puso de manifiesto el debate que se generó en torno de la Cartilla de Educación Sexual “Ambientes Escolares Libres de Discriminación. Orientaciones sexuales e identidades de género no hegemónicas en la Escuela. Aspectos para la reflexión”, producida por el Ministerio de Educación Nacional en respuesta a lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-478/2015, puesto que dicho debate hizo evidente que la Ley en cuestión no solo presenta falencias a nivel operativo y estructural que dificultan en grado sumo su puesta en práctica, sino que además carece de reconocimiento y aceptación social por parte de muchos de aquellos de quienes demanda obediencia, asunto éste a todas luces preocupante, dado que de no ser corregidas las mencionadas falencias, la Ley de Convivencia Escolar estará condenada a ser letra muerta.
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