A veinte años de la justicia transicional en Colombia: una revisión del problema moral en el Acuerdo Final de Paz de 2016 desde la filosofía moral y política
Palabras clave:
castigo, culpa, justicia transicional, moral, reconciliación, responsabilidadResumen
El 25 de julio de 2005 se promulgó la primera ley colombiana en introducir, en el orden jurídico, social y político, las ideas de la justicia transicional. En el 2016, el país nuevamente concurrió hacia la implementación de los postulados de este enfoque de construcción de paz con otro actor del conflicto armado. En suma, están por cumplirse ahora veinte años de la aplicación de la justicia transicional como forma de responder a los desafíos puestos por la violencia social y política, en dos momentos claves en la historia del país: el paso de la guerra a la paz con los grupos paramilitares, en el primero, y con la guerrilla de las FARC-EP, en el segundo. Este escenario resulta propicio para preguntarnos por la manera como se ha tratado el problema moral de la justicia transicional en el segundo momento referido. Para este fin, el presente artículo, en primer lugar, define conceptos atinentes como moral, culpa, responsabilidad, libertad, moralidad y castigo. Posteriormente, examina las problemáticas en el Acuerdo Final de Paz del 2016 de cara a la relación entre los pares conceptuales culpa-castigo y responsabilidad- reparación. Finalmente, busca determinar cómo, a raíz de la ausencia de una identificación plena de la responsabilidad política, el problema moral de la justicia transicional afecta la reconciliación, entendida como meta última del camino hacia la paz; abordando estas cuestiones desde la filosofía moral y política.
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