El usuario de los servicios públicos domiciliarios
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.esde.332202Palabras clave:
servicios públicos domiciliarios, relación contractual y estatuaria, contrato de condiciones uniformes, derechos de los usuarios, mecanismos de protección, clases de usuarios, empresas de servicios públicos, acción de tutela, domiciliary public servicesResumen
El tema de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios ha sido un aspecto novedoso en el derecho público actual, ya que con base en la nueva legislación contenida especialmente en la ley 142 de 1994, se regula en forma amplia la manera como es concebida la relación de estos sujetos pasivos de tales servicios públicos, el vinculo que une a los prestadores del servicio con esta clase de individuos, los derechos que cada uno de ellos tiene frente a la prestación de! servicio y la manera o mecanismos eficaces con los cuales se pueden hacer valer tales derechos. Desde esta óptica se pretende demostrar como a la luz de la nueva concepción del servicio público el usuario mas que beneficiario adquiere
el estatus de consumidor de un servicio, ya que en virtud de la liberalización de servicios al mercado, la única manera de acceder a dicho mercado es pagando un precio que en el caso de los servicios públicos domiciliarios se satisface con el pago de una tarifa.
Summary
The subject ofthe users of domiciliary public services has been a novel aspect in the present public right, since the new legislation specially contained in 1421aw from 1994, it is widely regulated the form of the relationship of these passive subjects of such public services is conceived, the tie that unites the lenders of the service with this class of individuais, the rights that each one ofthem has as opposed to the benefit ofthe service and the effective way or mechanisms which are possible to defend such rights. From this point of view it is pretended to demonstrate how, according to the new conception of public service, the user
more than a beneficiary acquires a new status of consumer of a service, by virtue of the liberalization of services to the market, the only way to accede to that market is paying a price that in the case of domiciliary public services is satisfied with the payment of a tariff.
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