Precisiones teóricas sobre la subjetivación de la culpa en la mujer criminal

Autores/as

  • Jeannet Quiroz Bautista Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
  • María del Carmen Rojas Hernández Universidad Autónoma de San Luis Potosí

DOI:

https://doi.org/10.17533/udea.affs.10802

Palabras clave:

culpa, mujer criminal, sanción penal, clínica psicoanalítica

Resumen

En 1916 Freud escribe “Algunos tipos de carácter dilucidados por el trabajo psicoanalítico”, en el cual se desarrollan tres caracterologías que pueden ser leídas como tres momentos de la estructura del acto criminal en relación con la culpa. Esta conceptualización freudiana del criminal contrae problemas no sólo epistemológicos sino en el trabajo clínico dentro de prisión con mujeres, ya que, siguiendo la premisa freudiana, se podría pensar que la mujer estaría determinada a priori como una criminal excepcional, por lo que carecería de los elementos suficientes para experimentar culpa, y por lo tanto para dar un sentido a la sanción penal. Este trabajo propone un acercamiento a la subjetividad femenina buscando la posibilidad de hacer aportaciones al campo del tratamiento penitenciario a partir de la premisa sobre la imperiosidad de que, quien delinque, se asuma como sujeto responsable no sólo de sus actos sino de calidad de sujeto.

|Resumen
= 185 veces | PDF
= 119 veces|

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Biografía del autor/a

Jeannet Quiroz Bautista, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

Mtra. en Psicología. Profesora Investigadora de la Facultad de Psicología de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Miembro de cuerpo académico: Estudios sobre teoría y clínica psicoanalítica. Miembro de Espacio Analítico Mexicano.

María del Carmen Rojas Hernández, Universidad Autónoma de San Luis Potosí

Doctora en Psicología y Educación. Profesora Investigadora de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, UASLP. Facultad de Psicología. Miembro del cuerpo académico: Estudios de la clínica, intervención e instituciones.

Citas

Assoun, P. (1997) “Psicoanálisis, derecho y criminología”. En: Psychanalyse[Psicoanálisis] (M. Orozco, Trans., pp. 589-611). Paris: Presses universitaires.

Azaola, E. (2003) El delitode ser mujer.México: Plaza y Valdés.

Azaola, E. (2005). “Las mujeres en el sistema de justicia penal y la antropología a la que adhiero”. En: Cuadernos de Antropología (versión on-line)(22), pp. 11-26. HYPERLINK “http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1850-275X2005000200002”

Castellanos, F. (1995) Lineamientos elementales de derecho penal.México: Porrúa.

Ferenczi, S. (1981). “Psicoanálisis del crimen”. En: S. Ferenczi, & D. J. Germain (Ed.). Monografias de psicología normal y patologica -16. Sandor Ferenczi Obras Completas Psicoanálisis II (1913-1919)(Vol. II, pp. 211-213). Madrid: Espasa-Calpe.

Ferenczi, S. (1984). “Psicoanálisis y criminología (hacia 1928)”. En: S. Ferenczi, & D. J. Germain (Ed.), Monografías de psicología normal y patológica -18.Sandor Ferenczi Obras Completas. Psicoanálisis IV(Vol. IV, pp. 248-265). Madrid: Espasa-Calpe.

Foucault, M. (2005) Vigilar y Castigar.Buenos Aires: Siglo veintiuno editores. Freud, S. (2003). “Introducción del narcisismo”. En: J. Strachey (Ed.), Obras completas(J. L. Etcheverry, Trad., Vol. 14, pp. 65-98). Buenos Aires: Amorrortu. Trabajo publicado originalmente en 1914c.

Freud, S. (2001). “Algunos tipos de carácter dilucidados por el trabajo psicoanalítico”. En: J. Strachey (Ed.), Obras Completas(J. L. Etcheverry, Trans., Vol. XIV, pp. 314-339). Buenos Aires: Amorortu. Trabajo publicado originalmente en 1916d.

Freud, S. (2002) “Algunas consecuencias psíquicas de la diferencia anatómica entre los sexos”. En: J. Strachey (Ed.), Obras completas(J. L. Etcheverry, Trad., 2a Edición ed., Vol. 19, pp. 259-284). Buenos Aires: Amorrortu. Trabajo publicado originalmente en 1925j.

Freud, S. 1931/2001). Sobre la sexualidad femenina. En J. Strachey (Ed.), Sigmund Freud obras completas(J. L. Etcheverry, Trad., 2a Ed., Vol. 19, pp. 223-244). Buenos Aires: Amorrortu.

Freud, S. (2003). “Tipos libidinales”. En: J. Strachey (Ed.), Obras completas(J. L. Etcheverry, Trad., 2a Edición ed., Vol. 21, pp. 215-22). Buenos Aires: Amorrortu. Trabajo publicado originalmente en 1931b.

Friedlander,K. (1991). Psicoanálisis de la delincuencia juvenil.México, D.F.: Paidós.Gerez-Ambertín, M. (1994) “La sanción penal: entre el ‘acto’ y el ‘sujeto del acto’”. En: Culpa, responsabilidad y castigo en el discurso jurídico y psicoanalítico(Vol. II, pp. 17-36). Buenos Aires: Letra Viva.

Gerez-Ambertín, M. (1993) Las voces del superyo.Buenos Aires: Manantial.

Gerez-Ambertín, M. (2006) “Ley, prohibición y culpabilidad”. En: Culpa, responsabilidad y castigo en el discurso jurídico y psicoanalítico(Vol. I, pp. 37-56). Buenos Aires: Letra Viva.

Lagardey de los Rios, M. (2005). “Presas”. En: Los cautiverios de las mujeres: madresposas, monjas, putas, presas y locas(4a ed., pp. 641-686).). México: Universidad Nacional Autónoma de México.

Lima, M. (1998). Criminalidad Femenina(3ª Ed.). México: Porrúa.

Nietzche, F. (1999). Así hablaba Zaratustra.Madrid: Fondo de Cultura Económica.

Orozco, M. (2006) “El mito de "lo animal" en la imagen del criminal”. En: Psicología, 26-30. Revista (s.c. y s.e.).

Romero, M. (2003). ¿Por qué delinquen las mujeres?. Vertientes analíticas desde una perspectiva de género. Parte II.Retrieved 12 de Febrero de 2007 from Salud mental, 26, 32-42: HYPERLINK "http://www.inprfcd.org.mx/pdf/sm2601/sm260132ccX.pdf"

Romero,M., & Aguilera, R. (2002). ¿Por qué delinquen las mujeres? Perspectivas teóricas tradicionales. Parte I.Retrieved 12 de Febrero de 2007 from Salud Mental: HYPERLINK "http://www.inprfcd.org.mx/pdf/sm2505/sm250510uJN.pdf"

Sófocles. (2005) “Tragedias”. En: E. Rey, Sófocles(pp. 205-207). Buenos Aires: Biblioteca Edaf.

Winnicott, D. W. (1998). Deprivación y delincuencia. Buenos Aires: Paidos.

Descargas

Publicado

12/21/2011

Cómo citar

Quiroz Bautista, J., & Rojas Hernández, M. del C. (2011). Precisiones teóricas sobre la subjetivación de la culpa en la mujer criminal. Affectio Societatis, 8(15), 1–18. https://doi.org/10.17533/udea.affs.10802