El principio nominalista

Autores/as

  • Eliahu Hirschberg

DOI:

https://doi.org/10.17533/udea.esde.333469

Palabras clave:

nominalistic solution, World War II, law, normalistic principle

Resumen

El período transcurrido desde el final de la Segunda Guerra Mundial es un período de inestabilidad del valor del dinero en mayor o menor grado.

Según la ley, prevalece una estabilidad ficticia del valor del dinero, ya que la ley aplica en todo el mundo la solución nominalista según la cual se presume que el valor del dinero es estable, no con respecto a la realidad económica objetiva.

La justificación de la solución nominalista es un problema teórico legal para la discusión del cual se dedica el siguiente capítulo. Sin embargo, el problema en un período de inestabilidad del valor del dinero tiene una enorme importancia práctica. Los cambios en el valor del dinero a través de la solución nominalista causan una enorme transferencia del poder adquisitivo de un partido a otro, de acreedores a deudores y de clase a clase.

En la teoría jurídica moderna, prevalecen tres enfoques teóricos sobre el problema del alcance de la obligación monetaria. a saber, nominalismo, metalismo y valorismo.

Según el principio nominalista, el alcance de una obligación monetaria se define de acuerdo con la suma de la unidad nominal, incluida en ella. La ley no tiene en cuenta los cambios de valor, ni el valor externo en sus relaciones con las monedas extranjeras ni el valor interno medido por su poder adquisitivo. Un día después de la devaluación y en el día de la devaluación en sí, de hecho, se han producido cambios en el valor del dinero, sin embargo, a los ojos de la ley, se ignoran y se presume la estabilidad del valor del dinero. ser injusto Se han producido cambios en el valor del dinero debido a la devaluación y se perciben casi de inmediato, cuando después de la devaluación una persona compra divisas de un banco. Pero los tribunales de justicia son inflexibles, no se tienen en cuenta los cambios fácticos de valor. Una de las respuestas es que una persona al hacer su contrato ha contratado para recibir una cierta cantidad de fungibles y de la misma manera que la ley no presta atención al hecho de que ciertos productos o servicios han aumentado o disminuido su valor durante el contrato período, la ley no tiene en cuenta los cambios de valor del dinero.

Esta respuesta es insatisfactoria en nuestra opinión y será discutida más a fondo. El dinero no se parece a los productos y servicios, y es algo distinto y único.

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Publicado

1974-06-13

Cómo citar

Hirschberg, E. (1974). El principio nominalista. Estudios De Derecho, 33(85), 131–174. https://doi.org/10.17533/udea.esde.333469

Número

Sección

Artículos