Los convenios de atribución de funciones administrativas a particulares en Colombia ¿ Un caso de huida del derecho administrativo hacia el derecho común?
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.esde.332211Palavras-chave:
funciones administrativas, contratos de prestación de servicios, contratos de concesión, delegación, contrato de mandato, representación, mandato, revocación, huida hacia el derecho privado, individuals, agreements, fled towards private rightResumo
Este trabajo pretende analizar el fenómeno de la habilitación a particulares para ejercer funciones administrativas mediante la técnica de los convenios de atribución de funciones administrativas de que trata la Ley colombiana No. 489 de 1998. Cabe preguntarse si esa técnica configura un evento de fuga del derecho administrativo. Considerando que los convenios no están exceptuados de la jurisdicción administrativa, como tampoco del régimen público tradicional, y que los actos unilaterales del particular se mantienen sujetos a los requisitos propios de la administración, no cabría alegar que exista viraje hacia el derecho privado. Pero existe la posibilidad de presentar la técnica de los convenios como un escape de los funcionarios públicos, una evasión al régimen de la función pública. En el contexto colombiano, se estaría huyendo de todo lo concerniente a la administración del personal civil que presta sus servicios al Estado, como decir escalas de remuneración, estatuto de carrera y de personal, modalidades de vinculación,jornadas, régimen ético, etc. El Estado tiende a evadir a sus propios funcionarios; y esa opción ha encontrado terreno fértil en la actual Constitución y en la interpretación que de ella se ha hecho.
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