Políticas públicas de saúde mental em vigor na América do Sul: O Estado da Arte
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.rfnsp.v34n2a07Palavras-chave:
saúde mental, políticas públicas, instrumento, avaliação, promoção, aplicação, atendimento primário em saúdeResumo
Objetivo: apresenta um Estado da Arte sobre o conteúdo das políticas públicas de saúde mental em vigor na América do Sul, com o objetivo de estabelecer o panorama da abrangência e das limitações das normas sobre esta temática, na região. Metodologia: estudo documental de abordagem hermenêutica que foi interpretado e explicou as relações entre o conteúdo das políticas públicas de saúde mental e do contexto dos países da América do Sul. Para a análise foram incluídos documentos normativos dos países, tais como acordos, resoluções e leis. Da mesma forma, publicações acadêmicas foram utilizados no período de 2003 a 2013, que permitiu a descrição e análise do tema de pesquisa. Resultados: países como a Colômbia, a Argentina, o Paraguai, o Brasil, o Peru, o Equador e o Uruguai têm disposições regulamentares em vigor (acordos, resoluções e leis) que suportam o conteúdo das políticas públicas relacionadas com a saúde mental. Por outro lado, o Chile, a Bolívia e a Venezuela fundamentam as suas políticas em mecanismos administrativos (programas, planos e projetos), sem ter uma regra de cumprimento obrigatório. Concluindo, a noção de saúde mental que que subjaz cada Política Nacional enfatiza na promoção da saúde e da prevenção da doença, partindo de uma concepção positiva do bem-estar, ressaltando a função ativa dos sujeitos e das populações, as capacidades e as liberdades disponíveis. Porém, os recursos, as estratégias, as ações e as metas estão orientadas sobre a base de um modelo biomédico, priorizando o diagnóstico e tratamento de transtornos mentais.
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Referências
(1). Taborda MC. Consideraciones generales para delinear políticas públicas en salud mental [Internet]. [Consultado 2012 Nov 03]. Disponible en: http://reneclasesuniminuto.wikispaces.com/file/view/2.+Consideraciones_Generales_Politicas_Publicas_Salud_Mental.pdf
(2). Agudelo Vanegas N A, Zea L E, Gómez Arias R D, Martínez Ruiz O, Rodríguez Ospina F L, González E R, Gestión de políticas públicas y salud. Revista Hacia la Promoción de la Salud [Internet]. [Consultado 2015 Enero 26]. Disponible en: http://www.redalyc.org/html/3091/309125498001/index.html.
(3). Gómez Arias R. Manual de Gestión de Políticas Púbicas y Salud - Cap. 4: Aspectos Operativos. Medellín: Universidad de Antioquia, Facultad Nacional de Salud Pública; 2011. P.56-66. Disponible en: http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/file.php/814/Archivos_Modulo_3/Material_Basico/Gomez_RD_manual_politicas_cap_4_Aspectos_operativos.pdf . Fecha de consulta: 26 de enero 2015
(4). Gómez Arias R. ¿Cómo se analiza una política pública? Una introducción al tema. En: Seminario Políticas Públicas y Salud; Medellín 2003. Medellín: Universidad de Antioquia, Facultad Nacional de Salud Pública; 2003. p. 1-26.
(5). Ahumada C. Política social y reforma de salud en Colombia. Medellín: Editorial Universidad de Antioquia; 2006.
(6). Medina-Mora ME, Borges G, Lara Muñoz C, Benjet C, BlancoJaimes J, Fleiz-Bautista C. Prevalencia de trastornos mentales y uso de servicios: resultados de la encuesta nacional de epidemiología psiquiátrica en México. Salud Mental. 2003; 26 (4): 1-16.
(7). Organización Mundial de la Salud OMS. Mental Health Atlas 2011 [Internet]. [Consultado 2012 Nov 03]. Disponible en: http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/44697/1/9799241564359_eng.pdf
(8). Rodríguez J, Barrett T, Narváez S, Caldas J, Levav I, Saxena S. Sistemas de salud mental en El Salvador, Guatemala y Nicaragua. Resultados de una evaluación mediante el WHO-AIMS. Rev. Panam. Salud Pública. 2007; 22 (5): 348-357.
(9). Caldas de Almeida JM. Implementación de políticas y planes de Salud Mental en América. Latina Revista de Psiquiatría del Uruguay. Dic. 2007; 71 (2): 111-116.
(10). Organización Mundial de la Salud OMS. The world health report 2001: Mental health: new understanding, new hope [Internet]. [Consultado 2012 Nov 03]. Disponible en: http://www.who.int/whr/2001/en/whr01_en.pdf?ua=1
(11). Galeano M,Vélez O. Estado del Arte sobre fuentes documentaes en investigación cualitativa. Medellin: Universidad de Antioquia; 2000.
(12). Londoño O, Maldonado L, Calderón L. Guia para construir Estados del Arte. Bogotá: International Corporation of Networks of Knowledge; 2014.
(13). Gadamer H. Verdad y método I. Salamanca: Sígueme; 1993.
(14). Bermudez J. La historicidad de la comprensión en la hermenéutica de Gadamer. Revista Filosofia UIS 2012; 11 (1): 45-70.
(15). Hoyos C. Un modelo para la investigación documental. Guía teórico práctica sobre construcción de estados de arte. Medellín: Señal Editorial; 2000.
(16). Organización Panamericana de la Salud OPS. La reforma de los Servicios de Salud Mental: 15 años despues de la Declaración de Caracas. Washington, DC:OPS; 2007 [Internet]. [Consultado 2012 Nov 03]. Disponible en: http://www1.paho.org/hq/dmdocuments/2009/Reforma%20de%20las%20servicos%20de%20sald%20mental.pdf
(17). Colombia. Ministerio de Salud. Resolución 2358 de 1998, julio 23, por la cual se expide la política de salud mental. Bogotá: El Ministerio; 1998.
(18). Colombia. Congreso de Colombia. Ley 1616, enero 21, por medio del cual se expide la ley de salud mental y se dictan otras disposiciones. Bogotá: Congreso; 2013.
(19). Paraguay. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Resolución 1090 de 2011, octubre 6, por la cual se aprueba el manual de normas y procedimientos en la atención de salud mental; y se dispone su implementación y aplicación en todos los establecimientos de salud dependientes del ministerio de salud pública y bienestar social. Asunción: El Ministerio; 2011.
(20). Brasil. Congreso de Brasil. Ley 10.216, abril 06. Brasil: Congreso; 2001.
(21). Perú. Ministerio de Salud. Resolución 075-2004, enero 28, por la cual se aprueba lineamientos para la acción en salud mental. Lima: El Ministerio; 2004.
(22). Ecuador. Ministerio de Salud Pública. Acuerdo 01745 de 1999, octubre 21, por la cual se expide la política de salud mental que señala los principios rectores de las acciones. Quito: El Ministerio; 1999.
(23). Argentina. Ministerio de Salud. Presidencia de la Nación. Ley Nacional de Salud Mental N°26.657.
(24). Organización Mundial de la Salud OMS, Organización Panamericana de la Salud OPS. Instrumento de Evaluación para los Sistemas de Salud Mental en Uruguay [Internet]. [Consultado 2013 Jul 12]. Disponible en: http://www.who.int/mental_health/uruguay_who_report.pdf
(25). Restrepo DA, Jaramillo JC. Concepciones de salud mental en el campo de la salud pública. Rev. Fac. Nac. Salud Pública 2012; 30 (2): 202-211.
(26). Lopera Echavarría JD. Salud mental y sabiduría práctica. Un intento de integración y aproximación conceptual. Tes. Psic. 2012 ene-jul; 7: 60-75.
(27). Organización Mundial de la Salud OMS, Organización Panamericana de la Salud OPS. Instrumento de Evaluación para los Sistemas de Salud Mental en Brasil [Internet]. [Consultado 2013 Jul 12]. Disponible en: http://www.who.int/mental_health/evidence/who_aims_report_brazil.pdf
(28). Álvarez Cabrera N. La Situación Venezolana y las Recomendaciones de la O.M.S para mejorar la Salud Mental. Archivos Venezolanos de Psiquiatría y Neurología. 2004 Dic; 50 (103): 30-34.
(29). Organización Panamericana de la Salud OPS. WHO-AIMS: Informe sobre los Sistemas de Salud Mental en América Latina y el Caribe [Internet]. [Consultado 2014 Jun. 07]. Disponible en: http://www.paho.org/per/images/stories/FtPage/2013/WHOAIMS.pdf
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