La compasión como fuente normativa para un derecho de las víctimas. Una propuesta a partir de la Filosofía política
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.espo.n49a06Palavras-chave:
Compasión, Víctimas, Conflicto Armado, Justicia, Filosofía Política, Rawls, JohnResumo
El presente artículo se propone sustentar la tesis de que la compasión debe ser la fuente del derecho y la moral de un proceso que piense en un tipo de justicia y de paz protectora de los derechos de las víctimas. Se contextualiza la propuesta de la compasión en el escenario del proceso de paz en Colombia con el propósito de dilucidar el tipo de justicia y su relación con el derecho de las víctimas. Posteriormente, se realiza un análisis basado en la Filosofía política acerca de las emociones morales y la compasión para la acción moral, estableciendo sus límites y alcances. Se parte los antecedentes de la propuesta filosófico-política de John Rawls hasta su teoría de la justicia. Con base en la metodología del análisis documental sobre las emociones morales y la compasión, se argumenta que la compasión puede ser el ethos de las negociaciones de paz que permita respetar el derecho de las víctimas y recuperar su dignidad humana, moral y civil.
Downloads
Referências
(1) Aguiar, Fernando y de Francisco Andrés. (2009). Rational Choice, Social Identity and Beliefs About Oneself. Philosophy of the Social Sciences, 39, pp. 547-571. https://doi.org/10.1177/0048393109333631
(2) Aquino, Santo Tomás. (1993). Suma Teológica. Parte II-II. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
(3) Aristóteles. (1999). Retórica. Madrid: Gredos (Traducción de Quintín Racionero).
(4) Arteta, Aurelio. (1996). La compasión: apología de una virtud bajo sospecha. Barcelona: Paidós.
(5) Colombia. Congreso de la República. Ley 1448. (10 de junio de 2011). Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D. C., N.° 48096. Recuperado de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1448_2011.html
(6) Colombia. Corte Constitucional. Sentencia C-052/12. Definición de víctima para efectos de atención, asistencia y reparación integral. Bogotá, D. C. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/C-052-12.htm
(7) Cohen, Gerald A. (2001). Si eres igualitarista, ¿cómo es que eres tan rico? Barcelona: Paidós.
(8) Cortés Rodas, Francisco. (2014). Pasado y presente de la filosofía política. Medellín: Universidad de Antioquia.
(9) Elster, Jon. (1993). Rationality, Emotions and Social Norms. Synthese, 98, pp. 21-49. https://doi.org/10.1007/BF01064024
(10) Elster, Jon. (2002). Alquimias de la mente. La racionalidad y las emociones. Barcelona: Paidós, El Roure.
(11) Elster, Jon. (2009). Emotions. En: Hedström, Peter y Bearman, Peter (eds.). The Oxford Handbook of Analytical Sociology. Nueva York: Oxford University.
(12) Farfán, William. (2008). La influencia kantiana en la justicia como imparcialidad de John Rawls. Magistro, 2 (3), pp. 137-149.
(13) Frijda, Nico. (1993). The Place of Appraisal in Emotion. Cognition and Emotion, 7, pp. 357-387. https://doi.org/10.1080/02699939308409193
(14) Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). (2014). Las FARC opinan sobre el debate al tema de las víctimas del conflicto en La Habana. Recuperado en http://anncol.eu/index.php/colombia/insurgencia/farc-ep/comunicados-de-las-farc-ep/7584-las-farc-opinan-sobre-el-debate-al-tema-de-las-victimas-del-conflicto-en-la-habana
(15) Hansberg, Olga. (1996). De las emociones morales. Revista de Filosofía. 3.ª época, IX (16), pp. 152-170.
(16) Hegel, G. W. F. (2004). Principios de la filosofía del derecho. Buenos Aires: Suramericana.
(17) Hume, David. (1993). Investigaciones sobre los principios de la moral. Madrid: Alianza.
(18) Grupo de Memoria Histórica (GMH). (2013). ¡Basta Ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad. Informe general. Bogotá, D. C.: Centro Nacional de Memoria Histórica.
(19) Kant, Immanuel. (1995). La religión dentro de los límites de la mera razón. Madrid: Alianza.
(20) Kant, Immanuel. (2005). Ideas para una historia universal en clave cosmopolita. Madrid: Tecnos, Cátedra.
(21) Kukathas, Chandran y Pettit, Philip. (2004). La teoría de la justicia de John Rawls y sus críticos. Madrid: Tecnos.
(22) Kymlicka, Will. (1995). Filosofía política contemporánea. Una introducción. Barcelona: Ariel.
(23) Márquez, Iván. (2012). Discurso de instalación de las mesas de negociación en Oslo el 19 de octubre de 2012. Viva la Ciudadanía. Recuperado de http://viva.org.co/cajavirtual/svc0325/pdfs/articulo584a_325.pdf
(24) Nietzsche, Friedrich. (2011). El anticristo. Buenos Aires: Losada.
(25) Nozick, Robert. (1988). Anarquía, Estado y utopía. México: Fondo de Cultura Económica.
(26) Rawls, John. (1971). A Theory of Justice. Cambridge: Harvard University.
(27) Rawls, John. (1993). Political Liberalism. Nueva York: Columbia University.
(28) Rawls, John. (2002). La justicia como equidad. Una reformulación. Barcelona: Paidós.
(29) Rousseau, Jean-Jacques. (1981). El Emilio o de la educación. Madrid: Biblioteca Edaf.
(30) Rousseau, Jean-Jacques. (1985). Del contrato social. Discursos. Madrid: Alianza.
(31) Schopenhauer, Arthur. (1983). El mundo como voluntad y representación. México: Porrúa.
(32) Strawson, Peter Frederick. (1995). Libertad y resentimiento y otros ensayos. Barcelona: Paidós.
(33) Uprimny, Rodrigo y María Paula, Saffon. (2005). Justicia transicional y justicia restaurativa: tensiones y complementariedades. En: Rettberg, Angelika (comp.). Entre el perdón y el paredón. Preguntas y dilemas de la justicia transicional (pp. 211-232). Bogotá, D. C.: Universidad de los Andes, Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo.
(34) Wollheim, Richard. (1999). On the Emotions. New Haven: Yale University.
Publicado
Como Citar
Edição
Seção
Licença
La revista Estudios Políticos autoriza la copia de artículos y textos únicamente con fines académicos, bajo la condición ineludible de citar la fuente. Para la reproducción total o parcial de la Revista con otros fines, se debe contar con la autorización explícita del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Antioquia, previa consulta al correo electrónico revistaepoliticos@udea.edu.co
Los autores son los titulares de los derechos morales de sus artículos y pueden archivar y divulgar citando la fuente. Estudios Políticos asume los derechos de reproducción.
El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional