El régimen subsidiado pensional en Colombia: un análisis desde la eficacia del principio de universalidad
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.esde.21984Palabras clave:
subsidiado, pensiones, universalidad, eficaciaResumen
Este artículo de investigación tiene por objeto analizar el régimen subsidiado pensional mirado desde la eficacia del principio de universalidad, con el propósito de evidenciar que tanto este régimen se constituye en una herramienta eficaz para que los trabajadores independientes urbanos, rurales, madres comunitarias y personas en situación de discapacidad puedan acceder a una pensión. La investigación adopta un enfoque cualitativo, con un alcance de carácter descriptivo, acudiendo para este efecto a fuentes normativas, doctrinales, jurisprudenciales. A partir del análisis de la información obtenida, fue posible determinar cómo desde la norma se establecen límites que hacen que el régimen subsidiado no sea una herramienta eficaz para que sus beneficiarios puedan acceder a una pensión.
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Citas
Beveridge, S. W. (1946). El Seguro Social y sus Servicios Conexos. . México: Editorial Jus (primera edición en español autorizada por el gobierno inglés de la versión original Social Insurance and Allied Services: Londres, 1942).
Congreso de Colombia. (23 de Diciembre de 1993). Ley 100 de 1993. Bogotá.
Corte Constitucional. (1 de octubre de 1992). Sentencia C-546-1992. Sentencia de Constitucionalidad. Bogotá.
Corte Constitucional de Colombia. (5 de Noviembre de 2003). Sentencia C-1036 de 2006.
Sentencia de Constitucionalidad. Bogotá.
Corte Constitucional de Colombia. (21 de Octubre de 2003). Sentencia C-967 de 2003.
Sentencia de Constitucionalidad. Bogotá.
Corte Constitucional de Colombia. (2004). C-623 de 2004. Sentecia de Constitucionalidad. Bogotá, Colombia.
Departamento Nacional de Planeación. (21 de Diciembre de 1994). Fondo de solidaridad pensional - Plan de extensión de cobertura para 1995. Documento CONPES 2753. Bogotá.
Departamento Nacional de Planeación. (17 de enero de 1996). Documento CONPES 2833. Bogotá.
Departamento Nacional de Planeación. (26 de febrero de 1997). Documento CONPES 2913. Bogotá.
Departamento Nacional de Planeación. (17 de febrero de 1998). Documento CONPES 2989. Bogotá.
Duque, S. (2012). Sobre una propuesta didáctica para la popularización del derecho en el consultorio jurídico. . Tesis de Doctorado. Medellín, Antioquia, Colombia: Facultad de Educación, Universidad de Antioquia.
García, M. (1993). La eficacia simbolica del derecho. Bogota: UNIANDES. Gosta Espring, A., & Walter, K. (1987). From Poor Relief to Institutional Welfare States: The Development of Scandinavian Social Policy. Comparative public policy analysis series. Series Editors, Martin Rein, . Massachusetts: Institute of Technology Lee
Rainwater, Harvard University.
Humblet, M., & Silva, R. (2002). Seguridad Social: Normas para el Siglo XXI. Ginebra: OIT. Organización Internacional del Trabajo. (2002). Seguridad Social: Un Nuevo Consenso. Ginegra: OIT.
Presidencia de la República. (1 de Junio de 1994). Decreto 1127 de 1994. Bogotá.
Titmuss, R. (1981). Política Social. Memorias publicadas en 1974 como un homenaje póstumo. . Barcelona: Ariel, S. A.
Uthoff, A. (1999). La universalización de la seguridad social en pensiones en América Latina: reforma a la seguridad social y mercados de trabajo. ¿Cuál debe adaptarse al otro?. . II Foro Internacional de Política Social (págs. 15-29). Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana.
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