Prácticas discursivas y justiciabilidad de los derechos sociales Usos discursivos de los derechos sociales en la justicia constitucional colombiana

Autores/as

  • Dúber Armando Celis Vela Universidad de Antioquia

DOI:

https://doi.org/10.17533/udea.esde.v72n160a06

Palabras clave:

Derechos sociales, discurso económico, discurso moral, justiciabilidad, ductilidad, sostenibilidad fiscal

Resumen

Este trabajo presenta una reconstrucción del discurso jurídico y económico de los derechos sociales. La finalidad es identificar encuentros y desencuentros para evaluar posibilidades y obstáculos de justiciabilidad. En general, se establecen unos lineamientos para comprender y explicar prácticas de justificación y aplicación. Los límites y restricciones a la justiciabilidad son analizados a la luz del concepto de derecho que subyace a cada discurso. El discurso económico adopta una concepción pragmática de los derechos y el jurídico asume una concepción idealista. En ambos casos, es posible que los derechos sean considerados nominalmente fundamentales sin que existan condiciones para su exigibilidad. Al final se analizan las posibilidades de protección de los derechos sociales de cara a realidades y poderes enquistados en el ordenamiento jurídico. En este sentido, se resalta el alcance restringido que tiene el Estado Social en el marco de la sostenibilidad fiscal. La sostenibilidad fiscal formaliza políticas fiscales de carácter coyuntural para justificar limitaciones en la justiciabilidad de los derechos sociales.

 

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Biografía del autor/a

Dúber Armando Celis Vela, Universidad de Antioquia

Magíster en Derecho, Abogado, Filósofo; profesor de cátedra de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
de la Universidad de Antioquia, integrante del grupo de investigación Saber, Poder y Derecho.

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Publicado

2015-07-01

Cómo citar

Celis Vela, D. A. (2015). Prácticas discursivas y justiciabilidad de los derechos sociales Usos discursivos de los derechos sociales en la justicia constitucional colombiana. Estudios De Derecho, 72(160), 143–166. https://doi.org/10.17533/udea.esde.v72n160a06