¿Se puede prohibir lo prohibido? Valor simbólico de la revisión judicial de las reformas constitucionales para la construcción de paz en Colombia
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.esde.v79n173a02Palabras clave:
prohibición, juicio de sustitución, monopolio de las armas, construcción de pazResumen
La implementación jurídica del Acuerdo Final de paz (AFP), suscrito entre la exguerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno del expresidente Juan Manuel Santos, generó la aplicación de normas constitucionales excepcionales sobre procesos legislativos y de revisión constitucional. En este proceso, la Corte Constitucional colombiana (Corte) realizó una revisión excepcional, automática y única sobre cinco Actos legislativos (AL) que se expidieron para implementar jurídicamente lo acordado políticamente. En este artículo analizamos la Sentencia C-076/2018 con la que se realizó la revisión constitucional del AL 05 de 2017, expedido para la implementación del AFP, mediante el cual se reformó el artículo 22 de la Constitución, incluyendo una prohibición expresa de creación, financiación y apoyo a grupos de civiles armados con fines ilegales, frente al que nos preguntamos ¿Es posible prohibir lo prohibido? Metodológicamente presentamos las tensiones entre el constituyente derivado y la Corte, y la aplicación del juicio de sustitución de la Constitución, para concluir que la revisión de la Corte fue particular, no solo por la excepcionalidad de las reglas, sino porque expidió una “sentencia simbólica” que se justifica en la medida en que resalta la importancia de la construcción del modelo de justicia transicional y de la paz derivados de la implementación del AFP.
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