La interpretación constitucional en el sistema jurídico mexicano
DOI:
https://doi.org/10.17533/udea.esde.20039Palabras clave:
Constitución, interpretación, intérprete, técnicaResumen
Desde la visión del Estado liberal, la interpretación de la ley era impensable, ejemplo de ello se manifiesta en el desarrollo de la escuela de la exégesis. Pero la realidad se impuso a este planteamiento, y en la transición al Estado constitucional, el juez adquiere un papel fundamental en la creación del derecho y, ante cada decisión, se enfrenta a un problema. Así las cosas, la interpretación dentro del derecho ha tomado una importancia significativa anteriormente impensable. Surge además el planteamiento del pensamiento problemático del derecho. Ante ello, debemos enfrentar el problema de la interpretación constitucional desde una visión más amplia en cuanto a sus posibilidades, de lo contrario, la Constitución se convertirá en un documento obsoleto y alejado de la realidad social.
Descargas
Citas
Balaguer Callejón, María Luisa, Interpretación de la Constitución y ordenamiento jurídico, Prólogo de Peter Haberle, Tecnos, Madrid, España, 1997.
Carbonell, Miguel (Compilador), Teoría de la Constitución. Ensayos Escogidos, PorrúaUNAM, México, 2008.
De Vega, Pedro, La reforma constitucional y la problemática del poder constituyente, Tecnos, España, 2007.
Ferrer Mac-Gregor, Eduardo (Coordinador), Interpretación constitucional, Tomos I y II, Porrúa, México, 2005.
Garzón Valdés, Ernesto y F.J. Laporta (editores), El derecho y la justicia, Trotta, España, 2000.
González Martín, Nuria (coordinadora), Estudios jurídicos en homenaje a Marta Morineau,T II: Sistemas jurídicos contemporáneos. Derecho comparado. Temas diversos.
Guastini, Riccardo, Estudios sobre la interpretación jurídica, Porrúa, México, 2006.
Hart H. L. A. The Concept of Law, Londres 1961, mencionado en DWORKIN, Ronald, El imperio de la justicia, Gedisa, España, 1992.
Hofmann, H. Von der staatssioziologie der Verfassung?, citado en DENNINGER, Erhard y Grimm, Dieter, Derecho constitucional para la sociedad multicultural, edición y traducción de Ignacio Gutiérrez, Trotta, Madrid, España, 2007.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Estudios de Derecho se rige por esta normatividad: Constitución Política de Colombia, artículo 61; Ley 23 de 1982, artículos 1 y 2; Ley 44 de 1993, capítulo II, artículo 6 y capítulo IV, artículo 51; la Ley 599 de 2000 por la cual se expide el Código Penal, artículos 270, 271 y 272. Además, la revista se rige por las pautas de la Dirección Nacional de Derechos de Autor y de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) para Colombia. Finalmente, se atiene a la Resolución rectoral 21231 de agosto 5 de 2005, por la cual se expide el Estatuto sobre la Propiedad Intelectual.
Los autores que publiquen en Estudios de Derecho siguen conservando sus derechos, sin embargo, deben de tener en cuenta que los contenidos de la revista están bajo una licencia de Creative Commons Atribución-no comercial-compartir igual. En este sentido, el material creado puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No puede obtener ningún beneficio comercial.